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  • José David Castilla

viernes, 3 de mayo de 2019

Empresas que no realicen los giros oportunos podrían recibir hasta tres sanciones

A la hora de finalizar un contrato laboral, las empresas deben tecnificar la forma en la que realizan el pago de la liquidación a sus empleados. La ley contempla un paquete de prestaciones legales que un empleador no puede descuidar, o de lo contrario correrá riesgos enormes para ser demandado.

La advertencia de los principales abogados laboralistas es reducir al máximo el riesgo de demanda, porque las estipulaciones laborales tienen el fundamento de proteger los derechos de los trabajadores. Razón por la cual, los jueces tienen el mandato constitucional para defender los intereses de los empleados desprotegidos.

El abogado Pablo Hernández Hussein, socio de Scola, explicó que “La empresa que no cancele las liquidaciones de manera injustificada se expone al pago mismo de la liquidación, adicional a eventuales sanciones por mora cuando se evidencia una mala fe en el retraso. En los casos en los que no se logre demostrar justificación en la dilación, la empresa deberá pagar las sumas de la liquidación debidamente indexadas”.

Además de las demandas laborales a las que se pueda exponer una empresa, también puede ser sancionada por el Ministerio de Trabajo y la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales (Ugpp). Estas tres sanciones pueden generar que de una simple controversia, se paguen multas hasta de 500 salarios mínimos mensuales vigentes.

El proceso de los trabajadores

Lo primero que debe tener presente un demandante es que dentro del paquete de prestaciones sociales que le deben entregar con su liquidación están las cesantías, primas, pagos a la caja de compensación y vacaciones que no le hayan otorgado durante el contrato de trabajo pasado.

Lo primero que debe hacer para cobrar su liquidación es hacer un cálculo preciso de las prestaciones de ley. Según el Código Sustantivo del Trabajo, las cesantías y la prima son un salario por cada año que trabajado; mientras que las vacaciones son medio salario anual. Por otra parte, si es despedido sin justa causa deberán pagarle una indemnización que varía dependiendo del tipo de contrato que tenga.

Para calcular las prestaciones legales de forma práctica, puede acudir a la página del Ministerio del Trabajo. En esta plataforma, la cartera ministerial estandarizó las fórmulas para calcular las indemnizaciones de forma más fidedigna.

Después de eso, si el empleador aún está en mora del pago de su liquidación, deberá remitirle una carta solicitando el pago. También puede acercarse a las oficinas del MinTrabajo para realizar una audiencia de conciliación.

Si el empleador se mantiene en su posición de no pago, el trabajador deberá iniciar un procedimiento ante la jurisdicción laboral. Cuando los montos adeudados son menores a 20 salarios mínimos, puede realizar el procedimiento sin tener que contratar a un abogado.

Debe tener en cuenta que tendrá un plazo máximo de tres años para iniciar este procedimiento antes de que prescriba su derecho.

Los especialistas en la materia recomiendan a las empresas realizar procesos de conciliación estratégicos que reduzcan el impacto de las sanciones moratorias. Felipe Álvarez, socio de ALL Abogados, dijo que esta sanción “corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago de la liquidación por los primeros 24 meses”.

Un proceso laboral ordinario puede llegar a durar, en promedio, un año.

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