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sábado, 17 de abril de 2021

La aerolínea o agencia de viaje deberá ser claro con las características y condiciones del servicio, como escalas o destinos directos

La Superintendencia de Transporte ratificó su apoyo al usuario de transporte aéreo al recordar a los consumidores cuáles son sus derechos y los cambios que la pandemia ha traído en los vuelos nacionales e internacionales.
Junto a la Aeronáutica Civil, la Supertransporte afirmó que los usuarios pueden exigir a las empresas varias consideraciones con relación a los términos.

En ese sentido, la aerolínea o agencia de viaje deberá ser claro con las características y condiciones del servicio (escalas o destino directo); tarifas disponibles y condiciones; valor de los tiquetes, discriminando cualquier suma adicional; tipo y capacidad de la aeronave; derechos, deberes, restricciones y requisitos de los pasajeros; y, por último, las condiciones generales del contrato de transporte.

Uno de los puntos importantes son los reembolsos, los cuales han cambiado sus condiciones debido a la emergencia económica y social. En ese sentido, el Gobierno Nacional expidió el Decreto Legislativo 482 de 2020, el cual contiene en su artículo 17 el permiso para que las aerolíneas puedan efectuar reembolsos durante el tiempo que dure la emergencia e, inclusive, hasta un año después.

“Sobre el reembolso en servicios, la empresa de transporte podrá entregar un bono, voucher u otro título valor, pero con ello no extingue su obligación, sino efectivamente prestando el servicio al usuario”, afirmó la Superintendencia de Transporte al respecto.

Otra de las obligaciones de las aerolíneas es informar a los pasajeros los requisitos de bioseguridad que deben tomar antes de abordar los vuelos. La empresa tendrá que suministrar toda la información sobre el horario de llegada a la terminal aérea para tomar el vuelo sin retrasos. Del mismo modo, la aerolínea debe verificar el diligenciamiento de la encuesta “CoronApp-Colombia”; en el caso de los vuelos internacionales que ingresarán al país, se debe realizar el pre check-in migratorio.

Si como usuario usted considera que no se están cumpliendo con estos protocolos de bioseguridad, podrá poner en conocimiento la situación ante la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

LOS CONTRASTES

  • Juan Carlos SalazarDirector de la Aeronáutica Civil

    “La Aeronáutica Civil tiene dispuesto un equipo de más de 100 funcionarios altamente calificados y entrenados, que integran el Grupo de Atención al Usuario para la atención de quienes lo necesiten”.

  • Camilo Pabón AlmanzaSuperintendente de Transporte

    “La Supertransporte, en su función de autoridad de protección de usuarios en todos los modos de transporte, ha venido implementando estrategias para fomentar la cultura de protección del consumidor”.

Con relación a la presentación de una denuncia ante la Supertransporte por cualquier irregularidad en el servicio, el consumidor deberá presentar un escrito en el que se incluya la identificación de la empresa contra la que presentará la denuncia. Los hechos deberán ser relatados en el escrito, al igual que las pruebas que tiene en su poder para demostrar lo ocurrido. Una de las ventajas a la hora de poner la denuncia es que no se requiere de un apoderado judicial y podrá remitirla al correo de la entidad de control. Los datos que deben estar presentes en el documento serán la identificación del denunciante.

A continuación podrá encontrar las disposiciones completas de la Superintendencia de Transporte: https://www.supertransporte.gov.co/documentos/2021/Abril/Comunicaciones_12/ABC-SUPERTRANSPORTE-AEROCIVIL.pdf

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