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Judicial

Consejo de Estado anuló el nombramiento de Luis Gilberto Murillo como canciller

Cuando Murillo fue designado estaba incurso en una inhabilidad constitucional derivada de una condena penal por un delito contra el patrimonio del Estado

31 de julio de 2026

Lucas Martínez


Colprensa
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Ayer jueves la Sección Quinta del Consejo de Estado anuló el nombramiento de Luis Gilberto Murillo como ministro de Relaciones Exteriores debido a que cuando fue designado estaba incurso en una inhabilidad constitucional derivada de una condena penal por un delito contra el patrimonio del Estado.

La demanda había sido presentada por Luis Ángel Hincapié Betancur, quien indicó que el nombramiento había desconocido el artículo 122 de la Constitución. De acuerdo con esto, el excanciller había sido condenado por el Tribunal Superior de Chocó en agosto de 1999 a seis meses de prisión, una multa e interdicción de derechos y funciones públicas por un año por el delito de peculado por aplicación oficial diferente.

Por su parte, el Consejo de Estado revocó la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había negado las pretensiones de la demanda y, por otro lado, declaró la nulidad del Decreto 0657 del 21 de mayo de 2024, donde el presidente Gustavo Petro lo había designado como ministro de Relaciones Exteriores.

La corporación señaló que la condena encuadraba dentro de los delitos que afectan el patrimonio del Estado, por lo que genera una inhabilidad de carácter permanente para ser elegido o designado como servidor público.

"Como en este caso la condena fue por un delito en contra del patrimonio del Estado, el señor Luis Gilberto Murillo Urrutia se encontraba incurso en la inhabilidad prevista en el inciso quinto del artículo 122 de la Constitución Política para la fecha de su designación como ministro de Relaciones Exteriores, circunstancia que configura la causal de nulidad invocada por el demandante", señaló la Sala.

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