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  • Colprensa

martes, 22 de octubre de 2019

Demandantes solicitaron suspender los efectos de la norma porque, a su juicio, se vulnera la autoridad del jefe del Estado.

El Consejo de Estado negó la suspensión provisional del acto administrativo por medio del cual el presidente de la República habilitó al Ministerio de Defensa de establecer los lineamientos para otorgar o no permisos para el porte de armas de fuego.

En la demanda que fue presentada por los exministros Juan Fernando Cristo, Guillermo Rivera Flórez y Luis Ernesto Gómez Londoño, solicitaron suspender los efectos de la norma porque, a su juicio, se vulnera la autoridad del jefe del Estado para preservar el orden público en todo el territorio nacional.

Del mismo modo, reseñaron que "pretender que el Ministerio de Defensa, y no el Legislador, tiene la facultad para impartir lineamientos o directrices para la expedición de las autorizaciones especiales y la aplicación de excepciones, no tiene soporte alguno".

También advirtieron que adicionar como criterio para otorgar permisos y excepciones "las condiciones particulares de cada solicitud", deja un amplio margen de subjetividad y arbitrariedad en asunto tan delicado.

Por esto, los exministros aseguraron que "si la suspensión provisional pedida se niega, se seguirá causando un perjuicio irremediable para la vida, la integridad y la seguridad de las personas, así como para el orden público".

Pese a esto, el Consejo de Estado no acogió las pretensiones de los demandantes porque no es evidente que esta disposición desconozca la autoridad presidencial constitucional en materia de orden público.

Además, considera que en esta etapa del proceso no se vislumbra el desconocimiento de los requisitos para la tenencia y porte de armas y las condiciones para su suspensión.

La providencia también explica que los demandantes no argumentaron suficientemente por qué esta norma provocaría el desconocimiento de la prohibición para promover o posibilitar el funcionamiento de grupos de civiles armados organizados.

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