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lunes, 16 de marzo de 2020

La medida no aplicará en los despachos de control de garantías ni en los penales que tengan audiencias con personas presas

Considerando el Decreto 385 del 12 de marzo, en el que el Ministerio de Salud declaró emergencia sanitaria en todo el país por la rápida difusión del Covid-19, el Consejo Superior de la Judicatura acordó suspender los términos judiciales en todo el país entre el 16 y el 20 de marzo.

Esta medida no aplicará en los despachos judiciales de control de garantías y los penales de conocimiento que tengan programadas audiencias con personas privadas de la libertad, que se podrán hacer virtualmente. El trámite de acciones de tutela tampoco está cobijado por la medida.

En el documento, además, se especifica que al término del plazo se expedirán las decisiones correspondientes sobre la continuidad de la medida, y que los jueces, magistrados y jefes de dependencias administrativas deberán coordinar y dar instrucciones para que los servidores a su cargo trabajen desde casa.

Lea a continuación el decreto completo:

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