Consultorio Administrativo
¿La expedición del certificado médico forma parte del integrante del plan obligatorio de salud, en cualquiera de las instituciones que rigen el tema?
Ni en la Ley 100 de 1993, ni en ninguno de sus decretos reglamentarios, así como tampoco en ninguno de los acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud o la Comisión de Regulación en Salud - CRES, se ha incluido el certificado médico como parte integrante del Plan Obligatorio de Salud POS; por tal razón, consideramos que las EPS válidamente pueden cobrar la expedición de esta clase de documentos, teniendo en cuenta para el/o el valor que respecto del mismo las EPS establezcan.'
El artículo 7 del Decreto 806 de 1998 respecto de lo que se entiende por POS, establece: 'Plan Obligatorio de Salud, POS que es el conjunto básico de servicios de atención en salud a que tiene derecho, en caso de necesitarlos, todo afiliado al Régimen Contributivo que cumpla con las obligaciones establecidas para el efecto y que está obligada a garantizar a sus afiliados las Entidades Promotoras de Salud, EPS, y Entidades Adaptadas, EAS, debidamente autorizadas, por la Superintendencia Nacional de Salud o por el Gobierno Nacional respectivamente, para funcionar en el Sistema General de Seguridad Social en Salud'. Sus contenidos son definidos por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud e incluye educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, en los diferentes niveles de complejidad.
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