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  • David Jáuregui Sarmiento

miércoles, 10 de enero de 2018

El cumplimiento de la meta fijada a 2016 debió estar en 40,38% y el avance logrado es de 29,39%

La Contraloría General de la República (CGR), en cabeza de Edgardo Maya Villazón, anunció que según un estudio realizado por la entidad de control sobre el Programa de Formalización Minera en Colombia, a diciembre de 2016 se debían tener 1.050 Unidades de Producción Minera (UPM) en Grado 1 o Básico, pero solamente se alcanzaron 764.

"Es claro y evidente que se encuentran pendientes significativas acciones y esfuerzos para lograr la expectativa puesta en las metas establecidas”, explica el documento de la CGR.

De acuerdo a la entidad, en términos porcentuales, el cumplimiento de la meta fijada a 2016 debió estar en 40,38% y el avance logrado es de 29,39%, lo que significa un retraso de 11%. "Actualmente se encuentran pendientes 1.836 UPM para alcanzar la meta propuesta para el cuatrienio 2014-2018 de 2.600 UPM incluidas en el Grado 1, lo que indica que el seguimiento que realiza el Sistema Nacional de Evaluación de Gestión y Resultados (Sinergia) del Departamento Nacional de Planeación (DNP) no muestra el avance real del Programa de Formalización, sino que corresponde a un avance parcial de la primera fase o nivel del proceso", explicó la entidad.

De la misma forma, la Contraloría se manifestó respecto al costo de cada una de las Unidades de producción minera, y dijo que "es un costo muy alto, más aún si se tiene en cuenta que se trata de Unidades de Producción que no tienen el Grado 2 de Minería Formal, que sería el mínimo imprescindible para considerar que el programa de formalización haya obtenido resultados reales".

Vale la pena destacar que según el informe, con corte a diciembre de 2016, los
costos del Programa de Formalización por Unidades de Producción Minera
reportadas en proceso de formalización Grado 1 ascendieron a $54.164 millones, o sea $70,89 millones por cada una de las 764 alcanzadas, motivo por el cuál la entidad sugirió determinar un tiempo límite máximo de permanencia de las UPM incorporadas en el Grado 1. De acuerdo a lo informado por la CGR, en este nivel deben cumplir con los objetivos, actividades y metas establecidos en el Plan de Mejoramiento, y así lograr su formalización, que se materializa en el Grado 2.

“Lo contrario puede ocasionar que se presente el mismo escenario de los
anteriores programas de legalización y formalización, donde el titular prefiere
permanecer por tiempo indefinido sin avanzar en el cumplimiento de los
requerimientos establecidos para acceder al siguiente nivel, sin que la
autoridad minera tome decisión alguna”, aseguró el estudio.

De la misma forma, el estudio estimó que es necesario que en caso de incumplimiento, se sancione oexcluya del programa y consecuentemente se ordene el cierre de la UPM.

"La evolución normativa sobre formalización de la minería, impulsada por el Gobierno, no ha tenido en cuenta los argumentos y advertencias de la Corte Constitucional, desconociendo abierta y sistemáticamente sus lineamientos y el derecho a la consulta previa de las comunidades indígenas y afrodescendientes", concluyó el ente de control.

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