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  • Ana María Bedoya Jiménez

miércoles, 3 de julio de 2013

La Superintendencia de Industria y Comercio negó la marca “Full Security” solicitada en abril de 2011 por el Banco Santander.

Siendo CorpBanca, solicitó el registro con la expresión “Tarjeta de Crédito Full Security CorpBanca, para comprender servicios de la clase 36 Internacional, particularmente, tarjetas de crédito, y la SIC la concedió. Este producto comprende cuatro servicios: seguro exclusivo contra robos y clonación, fraudes en internet, protección para viajar y seguro para todas las tarjetas del banco.

Cabe mencionar que el año pasado el Banco Santander pasó a ser Banco CorpBanca Colombia, de origen chileno, no obstante, los españoles hace pocos días anunciaron un nuevo interés en regresar al país.

“Tarjeta de Crédito Full Security” fue concedida por la Superindustria, y el Banco Santander, luego de agotar la vía gubernativa en la SIC perdió el interés en adquirir el signo. En este caso, dicha decisión está fundamentada en la similitud y posible confundibilidad con la marca“FullSeguro” registrada y vigente hasta 2022 a nombre de Fullcarga Colombia S.A., empresa dedicada a la venta de recargas virtuales de teléfonos celulares con presencia en España, Perú, Chile y Estados Unidos.

Aunque para esta solicitud no se presentaron oposiciones, la Superindustria debe hacer el examen de registrabilidad como lo indica la Norma Andina.

En este sentido, encontró la existencia de la marca FullSeguro y afirmó que el signo solicitado reproduce casi en su totalidad la estructura gramatical de la marca previamente registrada, “sin que la variación de la expresión ‘Seguro’ por ‘Security’ permita establecer una clara diferenciación entre los signos en conflicto”.

Advirtió que se presenta coincidencia fonética, lo cual puede derivar en que los consumidores crean que están adquiriendo servicios que comparten el mismo origen empresarial. En consecuencia, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC negó en primera instancia la marca.

Posteriormente, el 10 de enero de 2013, Humberto Rubio Camacho, apoderado de la compañía solicitante, presentó recurso de apelación contra la decisión de la Oficina de Signos argumentando que la marca “Full Security” cumple con los requisitos indicados, pues “consiste en un conjunto indivisible, caprichoso y novedoso, formado por dos letras del idioma inglés. Dicho signo está provisto de suficiente fuerza distintiva”, agregó.

Igualmente, expresó que al revisar la base de datos de la entidad, existen más de 70 registros que contienen la expresión seguro y también se encuentran registrados Créditos Full y Full Pago, “por lo tanto, la marca solicitada puede coexistir sin riesgo de confusión”.

Al respecto, la Superintendencia delegada para la Propiedad Industrial confirmó la decisión inicial y negó el signo. En este sentido, Rubio Camacho explicó que Banco Santander no acudirá al Consejo de Estado porque CorpBanca ya tiene el registro, ya que desde el principio tenía una lista de varias marcas de productos que quería registrar y esta fue una de ellas.

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