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  • José David Castilla

viernes, 17 de agosto de 2018

La corte revisó las demandas interpuestas contra la ley

La Corte Constitucional declaró exequible que la Ley Estatutaria de Jurisdicción para la Paz (JEP). Sin embargo, luego de analizar ciertos puntos también informó que dicha exequibilidad será condicionada. Esto quiere decir que, en términos generales, la ley no se encuentra en contravía de la constitución, pero algunos artículos deberán ser interpretados de cierta forma.

Dentro del análisis de los 166 artículos que componen el texto de la norma, la Corte tuvo que revisar el régimen de inhabilidades sobrevinientes de los magistrados de la JEP, debido a que esto impediría que varios de los magistrados que fueron nombrados para ocupar los altos cargos de esta jurisdicción transicional.

Otros puntos que discutieron los magistrados fueron: la participación en política de la FARC, la extradición y la competencia de la JEP cuando se corrobore la participación de terceros. Este es uno de los principales pronunciamientos de la corte para garantizar la implementación del Acuerdo de Paz.

Todos estos temas serán recogidos la sentencia que publique el máximo tribunal constitucional.

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