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Judicial

Corte se inhibe de fallar el decreto con el que Petro convocó consulta popular

Esta decisión, amparada en la Sentencia C-036 del 26 de febrero de 2026 bajo el expediente CCP 001, alcanzó una votación de nueve a cero

26 de febrero de 2026

Lucas Martínez


Gustavo Petro, presidente de Colombia
Presidencia
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La Sala Plena de la Corte Constitucional se inhibió por votación unánime de estudiar de fondo la legalidad del decreto emitido por el presidente Gustavo Petro para convocar a una consulta popular sobre sus reformas sociales omitiendo la negativa del Senado, argumentando una sustracción de materia debido a que el documento fue derogado por el propio Gobierno el año pasado tras asegurar el avance legislativo de la reforma laboral.

Esta decisión, amparada en la Sentencia C-036 del 26 de febrero de 2026 bajo el expediente CCP 001, alcanzó una votación de nueve a cero y contó con la aclaración de voto de los magistrados Miguel Polo Rosero y Jorge Enrique Ibáñez Najar.

Para acoger dicha figura de inhibición por sustracción de materia, el tribunal determinó que carecía de sentido práctico emitir un fallo de fondo sobre un documento que ya había perdido su vigencia legal, esto debido a que el decreto 0639 expedido el 11 de junio de 2025 fue derogado para el 24 de junio de ese año.

La resolución judicial deja de esta manera sin clarificar la legalidad de un acto administrativo, el cual se desencadeno luego de que el Senado emitiera un concepto negativo en mayo del año pasado, fecha en las que los congresistas rechazaron con 49 votos en contra la solicitud del mandatario para realizar la consulta.

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