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Actualidad

¿Debe un candidato responder por sus delitos si llega a ser Presidente?

03 de junio de 2014

Natalia Arteaga


Canal de noticias de Asuntos Legales

La polarización de la campaña presidencial protagonizada por el Centro Democrático y la Unión Nacional hizo mella en las urnas el pasado 25 de mayo y como consecuencia de ello, se están disputando la carrera hacia la Casa de Nariño Óscar Iván Zuluaga, que logró 29,25% de los votos, y Juan Manuel Santos, con 25,27%.

A simple vista, ambos contendores parecerían tener diferencias ideológicas, pero detrás de eso los está uniendo la guerra sucia y los supuestos delitos que habrían cometido en el proceso electoral, afirman los especialistas. Otra característica que comparten es la posibilidad de llegar a la Presidencia con deudas pendientes con la justicia; y es justamente eso lo que le empieza a preocupar a la ciudadanía, ya que para los expertos, estos podrían ser cobijados por el fuero e incluso podrían conservar su nuevo cargo.

La ‘cola’ de Santos, tiene US$2 millones de dudosa procedencia, de acuerdo con las recientes acusaciones de Álvaro Uribe Vélez, senador electo para el periodo de 2014-2018, quien en masivos pronunciamientos ha asegurado que al Presidente-candidato se le filtró ese monto, proveniente del bolsillo de Los Combas, mediante su antiguo estratega político J.J. Rendón. Sin embargo, el expresidente no ha entregado pruebas de ello y manifestó que no es en contra de Santos sino de su campaña de 2010. A Zuluaga, por su lado, lo envuelven las chuzadas, delitos de internet y concierto para delinquir. Los expedientes se encuentran en manos de la Fiscalía General de la Nación.

Para que el censo electoral nacional le ponga rostro al nuevo Mandatario faltan solo 15 días, tiempo limitado para que la Fiscalía y otros entes de justicia reúnan las pruebas necesarias que sindiquen como responsables de dichos señalamientos a los dos políticos. Todo indica que habrá que esperar la resolución de ambos casos hasta después de las elecciones. El problema está en que el nuevo Jefe de Gobierno sí tenga responsabilidad.

¿Qué pasaría? ¿Quién lo juzgaría? ¿Perdería la Presidencia? Las respuestas de los expertos están divididas, lo que es natural si se tiene en cuenta que es la primera vez que se resolverá la situación judicial de un aspirante a la Presidencia, cuando este, ya se encuentre en sus funciones de Mandatario.

Según el artículo 199 de la Constitución Política, “el Presidente de la República durante el período para el que sea elegido (...), no podrá ser perseguido ni juzgado por delitos, sino en virtud de acusación de la Cámara de Representantes y cuando el Senado haya declarado que hay lugar a formación de causa, consagrando una protección especial para quien ostenta la calidad de Presidente, según la cual, durante el período de su mandato constitucional no puede ser perseguido ni juzgado por delitos, sino en virtud de acusación de la Cámara de Representantes, así éstos se hubiesen cometido con anterioridad a su elección”. Entonces, ¿el fuero le daría privilegios, aún si los delitos fueron cometidos previamente a recibir la envestidura? Según Otoniel Camargo, abogado penalista, si al nuevo Presidente se le encuentra culpable de los delitos por los que ya empezó a ser investigado, será la justicia ordinaria la que decida qué pasará con su futuro inmediato, pues cuando cometió dichas faltas. La figura aún no gozaba de los beneficios que otorga el primer cargo público de Colombia.

O sea, lo seguiría investigando la Fiscalía y sería condenado por un juez de la República. Situación que no contempla Francisco Bernate, penalista, quien asegura que al ser aforado, el Mandatario sería investigado por la Comisión de Acusaciones, pero que al tener los beneficios del cargo “lo más seguro es que no pase nada y no se le remueva de sus funciones”.

¿Podría seguir gobernando un Presidente que ha delinquido? Es probable, de acuerdo con los expertos, y dice Camargo que “no necesariamente una persona que sea condenada penalmente, debe perder el empleo”.
Carlos Echeverry, constitucionalista, afirma que el proceso lo asumiría la Comisión de Acusaciones, que haría las veces de un fiscal y solo el Senado, podría inhabilitar y ahí podría entrar a operar la justicia ordinaria. “La justicia ordinaria solo empezaría a trabajar si el Senado lo destituye y traslada el caso”.

Sea cual sea el panorama lo más conveniente es que el próximo Presidente de la República, sea inocente de todo cargo imputado, porque como líder de Estado, le restaría autoridad y credibilidad al cumplimiento de las normas y el orden en territorio nacional.

La opinión

Otoniel Camargo
Abogado Penalista

“Si al Presidente se le encuentra culpable de los delitos por los que ya empezó a ser investigado será la justicia ordinaria la que decida qué pasará con su futuro inmediato, pues cuando cometió dichas faltas, la figura aún no gozaba de fuero”.

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