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  • Ximena González

lunes, 15 de enero de 2018

Los contribuyentes deberán actualizar cada año su condición.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cabeza de Mauricio Cárdenas, expidió el pasado 20 de diciembre el Decreto 2150 de 2017, el cual reglamenta la normatividad aplicable a los contribuyentes del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta (RTE).

Dicho decreto incluye los aspectos formales y de procedimiento que deben ser cumplidos por este tipo de entidades con el fin de poder mantener su condición de contribuyentes de este régimen.

En lo que tiene que ver con el descuento tributario por donaciones uno de los puntos establece que las donaciones efectuadas a contribuyentes pertenecientes al RTE no serán deducibles del impuesto sobre la renta pero darán lugar a un descuento en el impuesto sobre la renta equivalente a 25% del valor donado en el año o periodo gravable.

Por otro lado, señala que dentro de los requisitos para solicitar la calificación al RTE están, cumplir con el diligenciamiento y firma del formato dispuesto en el servicio informático electrónico de la Dian, cumplir con el registro web y cumplir con los anexos para la calificación o permanencia como entidad perteneciente al RTE.

Así mismo el decreto 2150 indica que los contribuyentes pertenecientes al RTE deberán actualizar anualmente su calidad de contribuyente en dicho régimen. “Esta actualización será anual e iniciará para todos los contribuyentes calificados en este régimen con la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2017, donde los contribuyentes que no deseen continuar en este régimen, al momento de la presentación de la declaración del impuesto de renta, marcarán la casilla de renuncia al Régimen Tributario Especial, sobre la sección del formulario que prescriba la Dian”, señala el decreto.

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