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  • Heidy Monterrosa Blanco

lunes, 2 de marzo de 2020

El aborto seguirá rigiéndose bajo las tres causales existentes: malformación, violación o que esté en riesgo la vida de la madre

En Sala Extraordinaria de la Corte Constitucional fue derrotada la ponencia del magistrado y presidente de la corporación, Alejandro Linares, que pretendía despenalizar el aborto en Colombia hasta la semana número 16 de gestación.

Con seis votos en contra y tres a favor de la ponencia, los juristas señalaron que no daban aval a la ponencia por ineptitud de demanda y se declararon inhibida.

Linares tuvo el aval del magistrado Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes, mientras que sus opositores fueron los magistrados Carlos Bernal, Cristina Pardo y Luis Guillermo Guerrero. El magistrado Antonio José Lizarazo, el ponente del tema, será quien se encargue de recolectar las hipótesis de sus compañeros.

Lo que en su momento expuso Linares es que las mujeres podían interrumpir de manera voluntaria su embarazo hasta las 16 semanas sin incurrir en ningún delito, así el procedimiento no esté enmarcado en las tres causales de aborto que el tribunal avaló desde 2006.

Con la decisión de este lunes, el aborto en Colombia se mantiene en que es solo permitido cuando hay malformación del feto, cuando el embarazo es producto de una violación o cuando está en riesgo la vida de la madre.

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