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  • Alejandra Rico Muñoz

viernes, 3 de marzo de 2023

El Consejo de Estado decretó medidas cautelares tras solicitud de los abogados Juan David Solorza y Lucas Arboleda

Ayer, el Consejo de Estado decretó medidas cautelares para suspender con urgencia el decreto del Gobierno Nacional con el cual el presidente Gustavo Petro pretendía asumir las funciones regulatorias de los servicios públicos. Estas competencias están a cargo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) y la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).

Por tanto, el Gobierno ya no podrá volver a expedir un decreto similar que le permita a Gustavo Petro regular las tarifas, y otras medidas que pensaba adoptar, hasta que el Consejo de Estado decida de fondo las demandas contra la normativa del Presidente.

El máximo tribunal de lo contenciosos administrativo resolvió la solicitud de medida cautelar elevada por los accionantes Julián David Solorza Martínez y Lucas Arboleda Henao, quienes pidieron que se suspendiera de manera provisional de los efectos jurídicos del Decreto 227 de 16 de febrero de 2023.

Expertos aseguraron que el Gobierno tiene las manos atadas respecto a este decreto. "Que el Consejo de Estado haya derogado las funciones que están dentro del Plan Nacional de Desarrollo ya le pone una talanquera a los congresistas para aprobar las funciones especiales", dijo Carlos Andrés Arias, analista político.

"Seguramente el Gobierno va a buscar una alternativa legal para validarlo en otro tipo de instancia y entregarle las funciones que hoy necesita el Presidente para poder hacer la regulación de precios, de lo contrario afectará su imagen pública", agregó.

El máximo Tribunal resolvió la solicitud de medida cautelar elevada por los abogados Juan David Solorza Martínez y Lucas Arboleda, quienes solicitaron que se anulara el decreto 227 del 16 de febrero al argumentar que estas no era facultades del presidente, sino del Congreso de la República.

"Se decreta la medida cautelar de urgencia de suspensión provisional de los efectos jurídicos del decreto 227 de 16 de febrero de 2023, acto administrativo suscrito por el Presidente de la República, por los ministros: de Hacienda y Crédito Público, de Minas y Energía, y de Vivienda Ciudad y Territorio, y por el Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional, de conformidad con las razones expuestas en el presente proveído”, dijo el Consejo de Estado.

"La suspensión es provisional, es una medida cautelar dentro del proceso contencioso administrativo que apenas empieza. Así que, mientras el proceso avanza, no se puede aplicar y por supuesto, no lo puede volver a expedir. La resulta final del decreto la dictará el Consejo de Estado en el fallo definitivo", concluyó Carlos Suárez, CEO de Estrategia y Poder.

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