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jueves, 27 de agosto de 2020

Quienes se encuentren en el país con visa de turismo no deben, bajo ninguna circunstancia, sobrepasar el tiempo autorizado

Por cuenta de las medidas para mitigar el covid-19, además del cierre de fronteras se han dado situaciones como la suspensión de trámites consulares y restricciones de política migratoria de Estados Unidos, lo que ha complicado la situación de miles de viajeros inmigrantes y residentes en el país norteamericano.

Pensando en eso, la abogada Sandra Clavijo, experta en asuntos migratorios, construyó una guía de aspectos que deben tener cuenta las personas en esa situación, en función de su estado.

Sobre la extensión de la visa, la experta recomendó no sobrepasar, bajo ninguna circunstancia, el tiempo autorizado por el oficial de migración a la entrada del país. En caso de necesitarse una extensión de la visa, debe hacerse a través del formulario I-539. Clavijo, además, sugirió a los viajeros estar monitoreando el estatus migratorio una vez son admitidos al país, para no excederse del tiempo permitido. “El Departamento de Inmigración se ha resistido a otorgar extensiones automáticas de estadía y realizar excepciones de pago de los costos correspondientes a este trámite. Sí o sí, se deben pagar los valores que exigen las autoridades de Estados Unidos para las extensiones y trámites” añadió.

Sobre las personas al amparo de visas de trabajo, la experta dijo que estas cuentan con 60 días de gracia para encontrar un nuevo contrato en caso de ser despedidos. De no lograrlo, cuentan con el mismo plazo para hacer el cambio a una visa de turismo.

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