Colprensa

Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • José David Castilla

martes, 18 de diciembre de 2018

Conozca los aspectos legales de esta prestación social

En dos días se cumple el plazo máximo para el pago de la prima legal. Desde la expedición de la ley 1788 del 7 de julio de 2016, el pago de esta prestación social para los trabajadores del servicio doméstico se convirtió en una obligación para todos los empleadores.

Por eso, debe estar muy atento para evitar errores a la hora de liquidar la prima de un trabajador temporal, sin dejar ningún tipo de saldo pendiente que pueda terminar en una multa de grandes proporciones.

El primer punto que tiene que tener en cuenta es el monto de la prima legal de servicios. Si el trabajador cumplió un año de servicio o más, la prima corresponderá a un salario anual. Esto quiere decir que si el trabajador gana $1 millón al mes, usted deberá pagarle $500.000 este 20 de diciembre.

El asunto se complica cuando el trabajador lleva menos de un año con la empresa. En este caso, el pago se realizará proporcionalmente por el tiempo laborado. La fórmula definida por la ley es salario base x días trabajados sobre 360. Tomando el ejemplo anterior y suponiendo que el trabajador solo lleva un mes con la empresa, usted deberá pagar $83.333.

Para efectuar el pago, lo más recomendable es entregar una relación detallada con los conceptos monetarios que recibirá el trabajador. En caso de que el trabajador se niegue a recibir la prima, el monto deberá consignarse en el Banco Agrario, a nombre del empleado que se niega a recibir el monto.
En caso de incumplir con el pago de esta obligación, la ley contempla que la sanción es de un día de salario por cada día de mora.

La prima es un derecho y una prestación social que tienen todos los trabajadores en el país. Independientemente si su vinculación es temporal o se establece mediante una empresa intermediadora, la prima se le debe pagar a todos los empleados por igual y en la misma proporción que define la ley.

La última reforma legal definió que los trabajadores del servicio doméstico, los conductores familiares o los trabajadores del campo deben recibir esta remuneración, sin importar el tipo de contrato laboral que tengan.

El Ministerio del Trabajo ha sancionado a 18 empleadores que no pagaron las primas a los trabajadores de servicio doméstico. El monto del sanciones superó los $60 millones.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.