Juan Pablo Liévano Vegalara

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jueves, 7 de octubre de 2021

Cinco de los aspirantes que presentaron su hoja de vida se encuentran ejerciendo cargos como funcionarios dentro de la SuperSociedades

El Departamento Administrativo de la Presidencia De La República (Dapre) publicó en su página web las hojas de vida de los 15 aspirantes que se postularon para el cargo de superintendente de Sociedades. Cabe recordar que, desde que Juan Pablo Liévano Vegalara dejó el puesto, está encargado el superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto.

Cinco de los candidatos se encuentran ejerciendo cargos como funcionarios dentro de la entidad. Es el caso de Susana Hidvegi Arango, actual superintendente delegada de procedimientos de insolvencia; Víctor Alfonso Estupiñán Perdomo, quien desempeña funciones en el grupo de asesoría y doctrina societaria y trabaja en la organización desde 1994; Luis Fernando Cruz Araujo, quien ya se desempeñó como superintendente de Salud y actualmente es árbitro de derecho público en la SuperSociedades; Daniel Alfredo de Herrera, miembro del grupo de cobro de coactivo y judicial; y, finalmente, Carlos Gerardo Mantilla, actual superintendente delegado de supervisión societaria.

Asimismo, otro de los candidatos es Luis Felipe Triana, quien se desempeñó como segundo secretario de Relaciones Exteriores y cónsul provisional en Iquitos, Perú.

El resto de los candidatos son: Clara Inés Pardo, Billy Escobar Pérez, Edwin Bobadilla, Fabio Alberto Salazar, José Arturo García, Omar Andrés Reina, quien fue diputado de la Asamblea Departamental de Caldas por el Partido Conservador y contralor delegado de Regalías hasta el año pasado; Oscar Humberto González, Ronald Vázquez García y Víctor Hugo Rodríguez.

Finalmente, cabe recordar que los aspirantes deben tener mínimo 10 años de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo a desempeñar, en sector público o privado, y que “el superintendente que viene ejerciendo el cargo permanecerá en el ejercicio del mismo hasta tanto se posesione quien deba reemplazarlos”, según se lee en el Decreto 1817 de 2015.

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