14 de mayo de 2025
Suscribirse


14 de mayo de 2025
Suscribirse
Laboral

Estos son los cambios que habrán en el pago de la Pila del nuevo sistema pensional

A partir del 1° de julio de 2025, Colombia implementará una nueva reforma pensional que trae cambios en la forma en que se realizan los aportes

28 de abril de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

A partir del 1° de julio de 2025, Colombia implementará una nueva reforma pensional que trae cambios en la forma en que se realizan los aportes a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, Pila, para trabajadores independientes y contratistas.

Estas modificaciones impactan especialmente a aquellos que no han logrado el número mínimo de semanas cotizadas: menos de 900 semanas para los hombres y menos de 750 semanas para las mujeres al 1 de julio de 2025. En Asuntos legales le contamos cuáles son los cambios más relevantes de la nueva normativa y qué es lo que debe tener en cuenta de ahora en adelante.

La reforma introduce un modelo basado en pilares, donde los aportes se dividen en dos partes. Para aquellos que ganan hasta 2,3 salarios mínimos legales vigentes, Smmlv, los aportes irán a Colpensiones. En cambio, los ingresos que superen esta cifra serán gestionados por una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual, Accai.

"Todo aquel cuyo ingreso base de cotización sea superior a 2,3 Smmlv deberá cotizar a dos fondos de pensiones. A Colpensiones deberá realizar aportes por los primeros 2,3 SMMLV de su ingreso base de cotización y a un fondo de pensiones privado de su elección, deberá cotizar sobre el exceso de esos 2,3 SMMLV", explicó Alejandro Toro, Socio de Izquierdo Saavedra Abogados.

El proceso para liquidar y pagar la Pila se mantiene igual. Plataformas como miplanilla.com seguirán funcionando, distribuyendo automáticamente los aportes entre Colpensiones y la Accai correspondiente. Si hay ingresos variables, la distribución se ajustará mensualmente según el monto declarado.

LOS CONTRASTES

  • Alejandro ToroSocio de Izquierdo Saavedra Abogado

    "A Colpensiones deberá realizar aportes por los primeros 2,3 SMMLV de su ingreso base de cotización y a un fondo de pensiones privado de su elección, deberá cotizar sobre el exceso de esos 2,3 SMMLV".

  • Camilo Cuervo Díaz Abogado laboral en Holland & Knight

    “A los que tengan más de estas semanas se les mantiene el actual régimen. Para ellos la reforma es como si no hubiera existido”,

La Resolución 467 de 2025 permite que las empresas retengan y paguen la seguridad social de sus contratistas, previo acuerdo entre las partes. Otros cambios incluyen la eliminación del aporte voluntario en pensión obligatoria, trasladándose al pilar de ahorro voluntario. Se suprimen las excepciones por edad, obligando a cotizar a toda persona con ingresos, y se permite que terceros realicen aportes en nombre de mujeres sin ingresos. Estas modificaciones buscan ampliar la cobertura y simplificar el proceso de cotización.

La reforma pensional dividirá a la población en dos: los que harán parte del régimen de transición y los que no.

¿De qué depende esto? De las semanas de cotización. Si usted tiene más de 900 semanas, siendo hombre, o 750, como mujer, no se preocupe, porque en ese caso la reforma no lo afectará de ninguna manera. “A los que tengan más de estas semanas se les mantiene el actual régimen. Para ellos la reforma es como si no hubiera existido”, aseguró Camilo Cuervo Díaz, abogado laboral en Holland & Knight.

Si por el contrario, sus semanas están por debajo de este tiempo, de ahora en adelante el pago de la seguridad social será por este modelo de pilares.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA