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Actualidad

Éxito no pudo evitar que Nuria Carulla registrara su nombre como marca

06 de agosto de 2016

Xiomara Mera


Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

La cadena de supermercados presentó una oposición la registro de la marca Nuria Carulla al considerar que vulneraba la notoriedad de su marca sombrilla Carulla. Sin embargo, la SIC no le dio la razón ni en primera ni en segunda instancia, determinando que las dos marcas podrían coexistir al identificar productos de categorías diferentes.

Entre lo argumentado en la apelación por  Grupo Éxito, sobresale que “una vez registrado como marca, el nombre civil adquiere autonomía y se rige por las normas marcarías.  No puede ser de recibo el argumento según el cual la palabra Carulla por ser un apellido, carece de fuerza distintiva desde el punto de vista marcario”.

Pese a lo anterior, el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, José Luis Londoño, decidió ratificar el fallo de la Delegatura de Signos Distintivos; pues al hacer el análisis del caso resolvió que la marca Carulla del Grupo Éxito estaba destinada a identificar entre otras, productos de la categoría 35 de la clasificación internacional de Niza, mientras que la categoría para la que se hacia el nuevo registro era para productos de la categoría 14.

Ante esto, la apoderada de Éxito S.A. y asociada de la firma Baker & McKenzie, Yuliana Salamanca, declaró que “la decisión de la SIC no tuvo en cuenta la importancia de la marca Carulla en el mercado colombiano y lo que el reconocimiento de notoriedad implica. Los servicios que ampara la marca cubren la comercialización de productos en general, incluyendo joyas, por lo cual la relación de productos y servicios es evidente”.   

 Salamanca agregó que “en casos análogos se le ha otorgado especial protección a marcas tan famosas como Carulla. Lo que hace la SIC al reconocer la notoriedad lo borra al no dar el alcance que tiene, como si los productos de la clase 14 no fuesen objeto de comercialización que es lo que ampara la clase 35”.

Dentro de la resolución 43097 de este año la SIC precisó que “los nombres o apellidos, constituyen una parte fundamental de la integridad de una persona y por ello, no contienen carácter de exclusividad”.

 Es decir, que cualquier persona podría registrar como marca su nombre y por ello, es válido darle  el registro del signo al diseñadora Nuria Carulla.

Esta segunda derrota para el Grupo Éxito dejó en el aire un inconformismo, pero cabe anotar que esta no es el final de la contienda pues le queda las posibilidad de acudir ante el Consejo de Estado. Según Salamanca, esto es lo más recomendado pero aún no se ha tomado la decisión por parte de su cliente.

Antecedentes
Nuria Carulla es una diseñadora de joyas colombiana que comenzó a hacer carrera en este campo desde 1971. Estudió en Barcelona e introdujo el concepto del diseño artístico en joyas, caracterizándose por su trabajo en la enseñanza de dicha técnica. Adicional a eso, ha participado de exposiciones en España y Estados Unidos. En sus reconocimientos sobresalen el premio Lápiz de Acero y la medalla a la Maestría Artesanal.

La opinión

Yuliana Salamanca
Asociada de Baker & McKenzie
“La Superindustria no tuvo en cuenta la importancia de la marca Carulla en el mercado colombiano y lo que el reconocimiento de notoriedad implica. En casos homólogos se ha protegido la marca”.

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