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Actualidad

Gobierno Petro evalúa medidas excepcionales ante crisis de violencia en el Catatumbo

Esta decisión enfrentaría un complejo examen jurídico ante la Corte Constitucional, que en el pasado ha sido estricta al evaluar los estados de excepción

18 de enero de 2025

Valentina Sánchez Forero

vsanchezf@larepublica.com.co

Gobierno Petro evalúa medidas excepcionales ante crisis en el Catatumbo
Presidencia de la República
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La intensificación de la violencia en la región del Catatumbo, que ha dejado al menos 26 víctimas mortales en manos del Eln y disidencias armadas, ha llevado al Gobierno del presidente Gustavo Petro a contemplar la posibilidad de declarar estados de conmoción interior y emergencia económica. Estas medidas, de carácter excepcional, buscan enfrentar la crisis de orden público y las profundas desigualdades que agravan la situación en Norte de Santander.

En un consejo de seguridad extraordinario liderado desde Tibú, el mandatario explicó que las circunstancias de emergencia requieren una intervención directa y el uso de facultades excepcionales para restablecer la seguridad. Las decisiones serán formalizadas mediante decretos en la próxima reunión del gabinete, programada para el lunes en Casa de Nariño.

Fuentes cercanas al Ejecutivo revelaron que las discusiones se centran en la pertinencia de aplicar estas figuras constitucionales, especialmente en un contexto donde la estrategia de "paz total" atraviesa serias dificultades. La declaración de conmoción interior, regulada por el artículo 213 de la Constitución, permitiría al Gobierno adoptar medidas extraordinarias durante un período limitado para restablecer el orden público.

Sin embargo, esta decisión enfrentaría un complejo examen jurídico ante la Corte Constitucional, que en el pasado ha sido estricta al evaluar los estados de excepción. A modo de antecedente, en 2023, la Corte declaró inconstitucional una emergencia climática decretada en La Guajira, argumentando que las crisis estructurales deben abordarse con herramientas ordinarias y no mediante medidas excepcionales.

¿Qué es el estado de conmoción interior y cómo opera en Colombia?

El estado de conmoción interior es una medida excepcional prevista en el artículo 213 de la Constitución Política de Colombia de 1991, diseñada para enfrentar situaciones de grave perturbación del orden público que amenacen la estabilidad institucional, la seguridad del Estado o la convivencia ciudadana. Esta figura, que reemplazó al estado de sitio de la Constitución de 1886, le otorga al Ejecutivo poderes temporales para garantizar la restauración del orden.

¿Cuándo se decreta la conmoción interior?

El presidente de la República, con la firma de todos los ministros, puede declarar el estado de conmoción interior cuando las herramientas ordinarias de las autoridades no sean suficientes para contener la crisis. La medida puede aplicarse en todo el país o de forma regional, dependiendo de la ubicación y gravedad de los hechos.

La duración inicial de la conmoción interior es de hasta 90 días, pero puede prorrogarse dos veces por períodos iguales. Sin embargo, una segunda prórroga requiere la aprobación previa del Senado de la República.

¿Qué facultades adquiere el Gobierno?

Durante la vigencia del estado de conmoción interior, el presidente tiene la facultad de emitir decretos legislativos que suspendan leyes incompatibles con la crisis. Estas disposiciones deben limitarse estrictamente a lo necesario para resolver la situación y prevenir su agravamiento.

A pesar de los poderes adicionales que se otorgan al Ejecutivo, la Constitución establece límites claros: no se pueden suspender los derechos humanos ni las libertades fundamentales; las ramas del poder público y los órganos del Estado deben operar con normalidad; y la Corte Constitucional evalúa todos los decretos emitidos bajo esta figura para garantizar su apego a la ley.

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