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  • Luz Karime Grajales Cardona

jueves, 18 de julio de 2019

La demanda que buscaba la pérdida de investidura fue negada por el Consejo de Estado

El Consejo de Estado concluyó que, aunque existen condenas fiscales contra Gustavo Petro por decisiones relacionadas con la contratación de maquinaria para el funcionamiento del modelo de recolección de basuras en Bogotá, cuando era Alcalde Mayor de la Capital, dichas condenas no dan lugar a la pérdida de investidura.

Según el Consejo de Estado, para que se produjera la pérdida de investidura debería existir una sentencia judicial que probara que dichas sanciones fiscales se fundamentaron en actos administrativos que fueron emitidos por la actuación del servidor público, que habrían dado lugar a una condena de reparación en contra del Estado. Sin embargo, las sanciones fiscales que argumentarían la condena se produjeron por la Contraloría Distrital de Bogotá, que no constituye sentencias judiciales.

El argumento central de la demanda buscaba la inhabilidad de Gustavo Petro como congresista a partir de dichas sanciones fiscales. Al considerar el Consejo de Estado que las condenas no se tomarían como sentencias, la demanda quedó sin piso y no dio lugar a la pérdida de investidura.

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