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Judicial

Inscripción de ciudadanos para votar en elecciones de Congreso vence el 8 de enero

A partir de la fecha, la Registraduría dispuso distintas opciones de inscripción para los colombianos residentes en el país y en el exterior

06 de enero de 2026

Sofía Alexandra Duarte Torres

sduarte@larepublica.com.co

Inscripción de ciudadanos para votar en elecciones de Congreso vence el 8 de enero
Registraduría
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La Registraduría Nacional informó que, siguiendo el calendario electoral para las elecciones de Congreso de la República de este año, el próximo jueves 8 de enero vence el plazo para la inscripción de ciudadanos que deseen participar en los comicios legislativos.

La entidad señaló que el trámite solo debe ser realizado por las personas que hayan cambiado su lugar de residencia, quienes hayan regresado al país de manera permanente o los ciudadanos cuya cédula de ciudadanía fue expedida antes de 1988 y que aún no figuran en el censo electoral.

Asimismo, se aclaró que los ciudadanos que se inscriban hasta el 8 de enero de 2026 quedarán habilitados para votar tanto en las elecciones de Congreso como en las presidenciales. Por otro lado, quienes efectúen la inscripción entre el 9 de enero y el 31 de marzo de 2026 únicamente podrán participar en las elecciones de presidente.

Para facilitar el proceso, la Registraduría dispuso distintas opciones de inscripción para los colombianos residentes en el país y en el exterior.

Según se informó, en Colombia, el trámite puede realizarse en las sedes de la Registraduría Nacional, en puntos de inscripción ubicados en zonas de alta afluencia como centros comerciales y en jornadas móviles que se desarrollan en universidades, plazas y otros espacios estratégicos de ciudades capitales e intermedias.

En el caso de los colombianos que residen fuera del país, la inscripción puede efectuarse de manera virtual a través de la plataforma habilitada por la Registraduría, que se encuentra disponible exclusivamente desde el exterior, o de forma presencial en los consulados de Colombia.

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