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jueves, 22 de noviembre de 2018

Para este organismo, “el trámite de garantía de no extradición es novedoso y diferente al que se desarrolla en materia de extradición ordinaria”.

La Sección de Revisión del Tribunal para la Paz de la JEP ratificó la decisión de practicar pruebas en el proceso que adelanta para evaluar la solicitud de extradición de Seuxis Paucias Hernández Solarte, más conocido como ‘Jesús Santrich’, excombatiente de las Farc.

A juicio de la JEP, “el trámite de garantía de no extradición es novedoso y diferente al que se desarrolla en materia de extradición ordinaria”.

La justicia transicional hizo estas aclaraciones luego de que la defensa de Santrich y la Procuraduría General presentaron sus argumentos sobre las pruebas que se decretarían en el proceso que se surte en su contra.

En un auto del pasado 15 de noviembre, la JEP dejó en claro que no comparte las consideraciones de la delegada del Ministerio Público, que sostuvo que la Sección debía aplicar el trámite ordinario previstos en materia de extradición.

En el fallo, la JEP consideró que nunca se definió expresamente con base en qué estándar probatorio se debía adoptar la decisión sobre la garantía de la no extradición ni se precisó el alcance de la expresión “conocimiento más allá de toda duda”.

La JEP recordó que la Sección de Revisión puede solicitar, decretar y practicar pruebas.

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