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Legislación

La Corte Constitucional decidirá sobre la delimitación de las actividades en los páramos

Jorge Enrique Ibáñez es el encargado de esta demanda de inconstitucionalidad del artículo 10 de la Ley 1930

06 de septiembre de 2021

Vanessa Pérez Díaz

vperez@larepublica.com.co

Corte Constitucional
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Corte Constitucional volverá a anunciar su decisión sobre un tema polémico: los páramos. Esto, por cuenta de una demanda que interpuso Francisco Javier Lara, quien solicitó declarar la inexequibilidad parcial del artículo 10 de la ley 1930 de 2018 que establece disposiciones para la gestión integral de los páramos en Colombia.

En este apartado, se plantea que las autoridades pueden poner en marcha programas de sustitución y reconversión de las actividades agropecuarias de alto impacto, al interior del área de páramo delimitado.

Lo que pide puntualmente este ciudadano es que se prohíba la actividad agropecuaria en los páramos para no afectar más los ecosistemas. La petición la base en la advertencia de que los sembradíos que actualmente hay, por ejemplo, con los cultivos de papa, generan consecuencias negativas e irreversibles y afecta el derecho al agua.

Según reseñó Colprensa, “el demandante considera que el artículo 10 de la ley 1930 de 2018 es contrario a la Constitución Política, porque desconoce el deber estatal de proteger la diversidad e integridad del ambiente (y) conservar las áreas de especial importancia ecológica, la delimitación del alcance de la libertad económica cuando así lo exijan el interés social”.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar será el encargado de la ponencia de esta demanda de inconstitucionalidad.

Entre los argumentos de Lara destaca que se deben proteger los 37 páramos del país, localizados sobre las tres cordilleras y la Sierra Nevada de Santa Marta, distribuidos en 24 departamentos y 401 municipios.

Así mismo, le pide a la Corte Constitucional que declare un estado de cosas inconstitucional sobre los páramos para que el Gobierno Nacional reubique o indemnice a los 150.000 campesinos que, según cifras entregadas a la Corte, habitan en ellos y viven de lo que allí se cosecha.

El Ministerio de Ambiente expresó, en un concepto entregado a la Corte, que un sistema productivo agropecuario podría desarrollar buenas prácticas para evitar daños al ecosistema.

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