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miércoles, 25 de agosto de 2021

La alta corte afirmó que la unión puede darse sin el permiso de sus padres; el matrimonio, sin embargo, sí deberá ser consentido

La Corte Suprema de Justicia sentenció que los jóvenes entre 14 y 18 años podrán acordar una unión libre con otra persona sin pedir permiso a sus padres. No obstante, el matrimonio seguirá siendo consentido por los adultos. El encargado de la ponencia fue el magistrado Luis Armando Tolosa, quien estudió el caso de un joven y una mujer que vivieron bajo este modelo durante cinco años.

La pareja convivió entre los años 2007 y 2012, año en que falleció la mujer. De la relación también hubo un hijo y la Sala declaró procedente y avaló la unión marital entre la pareja, la cual estaba compuesta por un adolescente y una mujer mayor de edad.

La Corte aseguró que el Congreso dicta que haya permiso para el matrimonio, pero no para la unión marital de hecho. Según los artículos 117, 118 y 140 del Código Civil, los menores de 18 años y mayores de 14 años "no pueden contraer matrimonio sin el permiso expreso, por escrito, de sus padres".

“La voluntad responsable para conformar la unión marital surge de facto y el consentimiento de sus protagonistas aparece implícito. Y si su constitución no se encuentra sujeta a trámites previos, ningún escenario existiría para exigir y diligenciar el referido beneplácito”, agregó la Corte.

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