Fernando Carrillo Flórez, Procurador General de la Nación. (Colprensa - Diego Pienda)

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  • Daniel Rojas Castañeda

lunes, 11 de mayo de 2020

Esto se da luego de que el Decreto 567 les otorgara funciones jurisdiccionales a los procuradores de familia para acelerar los procesos de adopción

La Corte Suprema de Justicia reiteró que los procesos de adopción deben ser tramitados exclusivamente por los jueces de familia, quienes tienen la competencia para hacerlo. Esto se da luego de que el Decreto 567 les otorgara funciones jurisdiccionales a los procuradores de familia para proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes en estado de adopción.

Tras una tutela que interpuso un abogado de familia en representación de un grupo de menores de edad, la Sala Civil de la Corte Suprema le pidió a la Procuraduría General de la Nación devolver a los jueces de familia todos los procesos de adopción que estén a su cargo.

La medida de otorgarle ciertas funciones jurisdiccionales a procuradores, se había dado a razón de que el Consejo Superior de la Judicatura había decretado una suspensión de términos judiciales y por ende se había decidido adoptar medidas para acelerar procesos de adopción.

Sin embargo, tras el fallo de tutela, la Corte Suprema de Justicia reiteró su preocupación por el Decreto. “Preocupa que, una vez superadas o levantadas las suspensiones de términos para todos los procesos de adopción, los mencionados funcionarios sigan conociendo de algunos procesos de adopción”, aseguraron desde la Corporación.

Añadió que sería inconveniente que los procuradores de familia continuarán con ese tipo de funciones, porque los referidos procesos de adopción, la Procuraduría funge como parte.

Hace algunos días la Corte se había pronunciado sobre el tema, tras emitir una solicitud carácter de urgencia dirigida a la presidente de la Judicatura, Diana Remolina, para que se continuara con el trámite de adopción de todos los procesos de adopción, sin excepción alguna.

En donde le hizo un fuerte llamado de atención a esa entidad judicial, al advertirle que, al no cobijar con la medida a todos los procesos de adopción, se estaba afectando “gravemente los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes”.

Pero también añadió que, “son los jueces quienes en forma expresa e inmediata deben decidir sobre las adopciones”, y luego agregó “asignar esa atribución a los procuradores, los convertirá en jueces y partes, aspecto que riñe con el anunciado proceso democrático y de la independencia judicial”.

De esta manera, la entidad manejada por el procurador Fernando Carrillo, respondió que ya devolvió a los jueces los casos de adopción que alcanzó a conocer.

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