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  • Kimberly Serje

jueves, 20 de octubre de 2016

Esto, a pesar de que el trámite no tuvo oposición de ninguna empresa. Según la directora de Signos Distintivos, María José Lamus, en el Registro Nacional de Propiedad Industrial ya estaba registrada la marca Neidy, propiedad de Nelson Galván Ascanio, que por sus similitudes podían generar confusión en el público.     

El signo solicitado pretendía distinguir productos comprendidos en la clase 3 de la Clasificación Internacional de Niza, que identifican artículos de belleza, entre estos cosméticos, maquillaje y preparaciones para el cuidado del cabello.

Frente a esta situación la Dirección de Signos Distintivos realizó el  estudio de registrabilidad a la marca solicitada y encontró que ambos signos presentaban similitudes susceptibles de generar confusión al público consumidor, ya que el signo solicitado reproduce fonéticamente las tres letras iniciales en el mismo orden y  la misma consonante al final, que la marca registrada.

Laura Díaz, asociada de Philippi Prieto Carrizosa Ferrero DU & Uría, comentó que “para el consumidor resulta determinante la parte visual de las marcas como elemento que genera confusión y como sabemos los productos cosméticos y de belleza se publicitan y promocionan a través de los mismos canales, lo que podría confundir un signo con otro, o el origen empresarial de los mismos”.

Por su parte, Lamus concluyó que “el signo solicitado pretendía identificar productos que no sólo pertenecen a la misma clase que los artículos distinguidos por la marca registrada (Clase 3), sino que están contenidos en los mismos que distingue la marca registrada”, esto llevaría al público a creer que están adquiriendo productos que comparten el mismo origen empresarial cuando en realidad se trata de empresarios distintos. 

“El ordenamiento protege tanto los derechos del titular del signo previamente registrado como los derechos de los usuarios y consumidores a escoger libremente y sin distorsiones los productos ofrecidos en el mercado”, explicó la SIC.

Debido a las falsas asociaciones que podía generar el registro de Niely Gold y el riesgo de confundibilidad , la directora de Signos Distintivos tomó la decisión de negar la petición realizada por la marca L’Oréal.

Finalmente dicha dirección advirtió a la empresa de cosméticos y productos de belleza  que podía proceder al recurso de apelación ante el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial.

Las opiniones

María José Lamus
Directora de signos distintivos

“Como resultado de las similitudes de ambos signos, existe la posibilidad que el consumidor vincule los productos cuando estos se publicitan y promocionan a través de los mismos canales”.

Laura Díaz
Asociada Philippi Prieto Carrizosa Ferrero

"Para la SIC fue determinante la existencia de similitudes ortográficas entre la marca Neily Gold y Neidy, especialmente por la reproducción que se efectúa en las tres letras iniciales y de la última consonante”.

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