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Legislación

"Las actuaciones que se han venido adelantando están conforme a la Ley", SIC a la Corte

La Corte Constitucional publicó la sentencia sobre las facultades de las Superintendencias

11 de junio de 2019

José David Castilla


La República
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Mediante un comunicado de prensa, la Superintendencia de Industria y Comercio se pronunció sobre la sentencia que emitió la Corte Constitucional sobre el uso de las facultades de las entidades administrativas.

En el documento, la SIC aseguró que "las actuaciones que se vienen adelantando y que se han adelantado en vigencia de la Ley 1480 de 2011 son ajustadas a derecho como lo ha señalado el alto tribunal en su sentencia".

La sentencia de la disputa es la C-165 de 2019, donde la Corte Constitucional declaró la excequibilidad condicionada del numeral 4º (parcial) del artículo 59 de la Ley 1480 de 2011, el cual define los procesos para la toma de información privada por parte de estas entidades.

Bajo interpretación de la SIC, en esta decisión se estipuló que "(i) deben ejercerse a la luz de lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en el Código General del Proceso; y, (ii) no comprenden la realización de interceptaciones o registros ni otras actividades probatorias que, según la Constitución, se encuentran sometidas a reserva judicial de conformidad con la Constitución".

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