Las desmejoras laborales como opción frente a los despidos
¿Puede el empleador modificar los salarios o beneficios acordados con los empleados?
El empleador está en capacidad de modificar la forma de remuneración en virtud a su poder subordinante. Sin embargo, dichas modificaciones requieren el consentimiento del empleado cuando implican una desmejora.
¿Qué debe tener presente el empleador al considerar una desmejora de condiciones laborales?
El empleador debe verificar que: la modificación a las condiciones económicas no implique que el salario quede por debajo del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (Smmlv) o del Smmlv integral que no se atente contra la garantía de la cual gozan algunos empleados de no ser desmejorados en sus condiciones de trabajo sin justa causa (fuero sindical), que el trabajador consienta de manera voluntaria y conservar prueba del acuerdo de voluntades.
¿Cuáles son las consecuencias legales de modificar unilateralmente los salarios o beneficios adicionales acordados con los empleados?
En el caso de empleados con fuero sindical, podrán instaurar una demanda solicitando la restitución de las condiciones inicialmente acordadas y los perjuicios derivados de la desmejora. Por su parte, los empleados no aforados podrían invocar un despido indirecto, alegando que el cambio en las condiciones se hizo sin su consentimiento o presentar una reclamación por escrito manifestando la inconformidad. También podrían presentar querellas ante el Ministerio del Trabajo.
¿Es obligatorio llevar a cabo aumentos salariales cada año para no desmejorar las condiciones del trabajador?
Aun cuando no hay una norma que establezca la obligación de ajustar los salarios de los trabajadores que devenguen por encima del Smmlv ni del Smmlv integral, la Corte Constitucional ha señalado que el empleador debe ajustar los salarios anualmente de acuerdo con la inflación. Dicha tesis se fundamenta en el hecho de que Colombia tiene una economía inflacionaria, por lo cual debe existir una progresividad en los salarios de tal forma que no se afecte el poder adquisitivo de los empleados.
Teniendo en cuenta la posición de la Corte Constitucional, ¿se podrían mantener los salarios del año inmediatamente anterior frente a una situación de crisis?
Frente a situaciones económicas adversas el empleador podría proponer a sus empleados la suscripción de acuerdos laborales para mantener los salarios del año anterior sin afectar aquellos que devenguen el Smmlv o el Smmlv integral. Si bien esto constituye una desmejora, el acuerdo con el trabajador haría viable la decisión.
¿Qué otras alternativas existen para flexibilizar los costos laborales?
Los empleadores podrían flexibilizar la nómina, acordando la disminución salarial y pactando ciertos pagos como beneficios extralegales no salariales. Si bien esta es una alternativa legal, debe implementarse ciñéndose a la ley y con una adecuada asesoría, evitando así reclamaciones y cuestionamientos por parte de la autoridad laboral y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp) relacionados con la naturaleza de los pagos.
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