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miércoles, 12 de septiembre de 2018

El proyecto de ley busca regular el ejercicio de consulta previa para que no se afecte el desarrollo de proyectos de infraestructura en el país

Una modernización de normas al mecanismo como funciona en el país la consulta previa a las comunidades para dar vía libre, en especial, a la construcción de obras de infraestructura, fue presentada al Congreso de la República en un proyecto de ley estatutaria.

La iniciativa del partido Cambio Radical garantiza el derecho fundamental a la consulta previa, regula su ejercicio, determina su alcance y define las responsabilidades y obligaciones de las partes intervinientes.
Precisa que este mecanismo se realiza con pueblos indígenas, tribales, afrocolombianos, roms, palenqueros y raizales, debidamente reconocidos y certificados, a la vez garantiza la participación de los pueblos de manera libre, informada y previa.

Según el senador Germán Varón, uno de los autores del proyecto, “hemos evidenciado que muchos proyectos se han visto frenados por no tener claras las reglas en materia de consulta previa, lo que ha afectado el desarrollo de proyectos importantes. Este proyecto busca regular este ejercicio, determinar su alcance y definir las responsabilidades y obligaciones de las partes intervinientes”.

El articulado indica que el Estado debe consultar a los pueblos y/o comunidades interesados cada vez que se pretenda ejecutar medidas legislativas, con fuerza de ley o administrativas; o proyectos, obras o actividades (POA) susceptibles de afectarlos directamente.

De la misma forma se propicia la búsqueda de consensos y la conciliación, implementa una plataforma sistematizada de información denominada Registro Único de Pueblos (RUP) y paticularmente fija términos generales como un año para el proceso de consulta que va desde la preconsulta hasta la protocolización. Se podrá prorrogar por seis meses cuando las comunidades consultadas y/o los interesados lo soliciten.

El representante a la Cámara César Lorduy resaltó que “la consulta previa es un derecho de estas comunidades, pero se requiere con urgencia determinar cómo y cuándo hacer uso de este mecanismo, tiempos y costos, entre otros temas”.

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