Lista conciliación del ley de justicia penal militar
El documento señala que “De las conductas punibles cometidas por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en relación con el mismo servicio conocerán las Cortes marciales o Tribunales Militares (...) Estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro”. Adicionalmente, “en la investigación y juzgamiento de las conductas punibles de los miembros de la Fuerza Pública en relación con un conflicto armado o un enfrentamiento que reúna las condiciones objetivas del Derecho Internacional Humanitario se aplicarán las normas y principios de este.
Para el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, “la aprobación definitiva de la reforma al Fuero Penal Militar es un gran logro, ya que les permite a nuestras Fuerzas Militares y de Policía que tengan la posibilidad institucional de independencia.
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