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Actualidad

Los 4.505 niños que crecerán en manos del Estado

28 de mayo de 2016

Natalia Cubillos Murcia


Canal de noticias de Asuntos Legales

Más allá de estas cifras, reveladas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), son tres las razones que dificultan su adopción: la búsqueda de la familia extensiva, la discrecionalidad de los funcionarios y el choque de trenes entre defensores y jueces de familia.

“Pueden pasar hasta cinco años para que un niño que llegó siendo un bebé pueda acceder a su condición de adoptabilidad”, dijo la abogada especialista en derecho de familia de Torrás Abogados, Johanna Novoa.

Todo por cuenta de que el Icbf debe certificar que ni en su familia más cercana y en seis grados de consaguinidad haya quién se quiera o pueda hacer cargo del infante: padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos, trastatarabuelos y choznos. La línea es más larga si se habla de los colaterales y se incluyen tíos, primos hermanos, segundos y  terceros. 

Este problema fue planteado en la ponencia ‘La adopción de niños en Colombia y sus dificultades en el proceso administrativo de restablecimiento de derechos’, de Beatriz María Arango y Lina Marcela Estrada, directora y docente del Centro de Conciliación y Arbitraje Darío Velásquez Gaviria de la Universidad Pontificia Bolivariana, presentado en Mendoza, Argentina, en el Séptimo congreso latinoamericano de niñez, adolescencia y familia, el año pasado. 

“En Colombia se llega al absurdo de permitir que un niño pueda ser acogido por su chozno, pero se limita a que un niño de 7 u 8 años pueda ser adoptado por colombianos que tengan de 51 a 54 años, y a un extranjero,  de 46 a 49 años”, dicen la ponencia. 

También denuncian problemas en el proceso. “Hay una norma que establece que la investigación se debe hacer en 6 meses, pero no se alcanza a realizar, máxime si un defensor tiene más de 700 procesos”, dijo Arango.

El trámite de adopción inicia por consentimiento o cuando el Icbf interviene para proteger los derechos del menor, pero sin importar cómo suceda, el proceso se mantiene. Inicia la investigación del defensor de familia y la declaración de adoptabilidad, si cumplen las condiciones. 

Se escogen los padres y el niño es entregado al hogar, pero todo el drama comienza cuando llega a la instancia judicial y el funcionario debe decidir si el trámite estuvo bien hecho o no. En ese tiempo el niño ya habría establecido una conexión con su nueva familia y el proceso puede reversarse “causando daños irreparables e inseguridad jurídica para el menor”, dijo Estrada. Entonces, los defensores de familia “en vez de coger ahínco, se intimidan y empiezan a tener una minucia innecesaria que retrasa la adopción”, agregó Novoa, porque la Procuraduría puede iniciarles investigaciones “por no hacer bien su trabajo” en la indagación de parientes. Así mismo, la cantidad de procesos enredan a los 1.181 funcionarios que, según el Icbf, cumplen con esta labor.  

Mientras el proceso de adopción se cristaliza,  son invertidos en promedio $1.100.574 en atención a un niño que vive en un hogar sustituto o en una institución de protección o de protección para discapacidad.

Nacionales o extranjeros
La situación se pone peor cuando se demuestran los límites para la adopción por parte de padres nacionales o internacionales. Prueba de esto es que desde 2007 han disminuido los niños adoptados. 

En ese año 1.175 niños fueron adoptados por familias colombianas, mientras que el año pasado solo 573 menores fueron entregados a padres del país. Por otra parte, hace 9 años se conformaron 1.902 familias extranjeras por cuenta de los menores nacionales adoptados y el año pasado solo fueron 509. La directora del Icbf, Cristina Plazas, explicó que este fenómeno “tiene que ver con una tendencia predominante entre las familias candidatas a la adopción, cuyas expectativas no siempre coinciden con el perfil de los niños, niñas y adolescentes que tienen declaratoria de adoptabilidad”.

También responsabiliza la decisión de la Corte que obliga a la búsqueda de la “familia extensa (...) lo cual implicó una mayor complejidad en el procedimiento”, pero que dice se subsanó con el artículo 217  de la Ley 1753 de 2015. “La búsqueda de parientes para la ubicación en medio familiar se realiza en el marco de la actuación administrativa, durante cuatro meses, o de la prórroga si fuere concedida”, afirmó. Mientras que históricamente las familias extranjeras eran las que más adoptaban esta tendencia se revirtió. Una decisión que se deriva de la Resolución 3792 de 12 de Junio de 2015,  “los niños sanos de 0 a 6 años solo pueden ser adoptados por solicitantes colombianos”, agregó Plazas.

La propuesta de Arango y Estrada pasa por privilegiar los derechos de los niños y que el proceso garantice la consecución de una familia. La hoja de ruta inicia con un aumento en las defensorías de familia, y que estas sean integradas por grupos interdisciplinarios. Evitar la “confrontación entre el defensor y el juez”, tal vez con una instancia superior que dirima la situación, y con el control previo del juez a la declaratoria de adoptabilidad. Con un ingrediente adicional, que menciona Novoa y es que no hay cómo apelar una sentencia de adopción que ha sido negada.

Al año llegan 35.000 niños al sistema de protección del Icbf, que pueden engrosar las filas del papá Estado, el cual tiene un presupuesto para la entidad de $5 billones y la mayor responsabilidad: redignificar a niños que han sido vulnerados en un país que piensa en el  posconflicto.  

Hogares
En las 33 regionales del país se registran 5.156 hogares sustitutos que reciben a los niños y solo hay ocho entidades autorizadas para desarrollar el programa de adopción en Colombia. Cinco están en Bogotá, dos en Medellín y una en Cali. 

Johanna Novoa, asociada a Torrás Abogados, reconoció que Colombia tiene uno de los sistemas de adopción más estables a nivel internacional para las familias por dos razones: una vez se concluye satisfactoriamente el proceso de adopción el otorgamiento del nuevo miembro es irrevocable, salvo que se vulneren los derechos del niño y el proceso  tiene reserva informativa por un plazo de 20 años.

Las opiniones

Johanna Novoa
Asociada de Torrás Abogados
“El código de infancia y adolescencia tiene una falencia muy grande. La sentencia que declara la adopción es apelable, pero si la niegan, no, y se debe volver a empezar en el Icbf”. 

Lina Estrada
Investigadora de la UPB
“Este sistema de protección se ha quedado en llevar a los niños a instituciones y el peor enemigo de un menor es el tiempo. Hay una crisis de las adopciones, sobre todo por la búsqueda de su familia”.

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