26 de julio de 2024
Suscribirse


26 de julio de 2024
Suscribirse
Actualidad

Los revisores fiscales deberán probar su buena fe

31 de marzo de 2017

Carlos Eduardo González


Canal de noticias de Asuntos Legales

El Tribunal Superior de Bogotá falló a favor de la Supersociedades, por lo que ahora el caso se trasladará a la Corte. 

No obstante, y para calmar los ánimos, desde la Supersociedades señalaron que mientras los revisores presenten la documentación completa, en donde quede claro que hicieron su función correctamente y actuaron de buena fe, no tendrán ningún problema y dejarán de estar intervenidos, pero, de lo contrario, seguirán en los procesos correspondientes hasta que no logren probar su buen actuar. 

Hace unos días el superintendente, Francisco Reyes Villamizar, invitó así a los revisores fiscales a informar a la Reguladora si conocen de la existencia de fraude, o tienen indicios de ello.

Además, el funcionario solicitó “colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías, y rendirles los informes a que haya lugar o les sean solicitados”.

Ante esta situación, el Instituto Nacional de Contadores Públicos (Incp) salió en defensa de los revisores fiscales apoyado en una sentencia (C-145 de 2009) de la Corte Constitucional, que señala que este tipo de procedimientos “no abarca a terceros proveedores de bienes y servicios que hayan procedido de buena fe, en el ámbito de sus actividades lícitas ordinarias y habituales”.

Hugo Ospina, presidente del Incp, expresó que “los profesionales de la contaduría pública merecemos que se nos respeten los derechos a tener un debido proceso, a presentar las pruebas para demostrar no sólo nuestra inocencia, sino que actuamos con diligencia y profesionalismo”.

Además, los revisores tienen a su favor que en el marco de la normatividad colombiana la "buena fe" es una presunción y en consecuencia no debe probarse. Lo que quiere decir, que no se debe demostrar, sino que por el contrario quienes no tengan confianza del trabajo hecho por las empresas deberán tener pruebas para desvirtuarlo. 

Siendo así, en el momento, las opciones de las empresas son uno, acceder a las condiciones de la Supersociedades y presentar toda la reglamentación, o por el contrario, esperar a que la Corte tome una decisión definitiva sobre el lío que enfrenta a las organizaciones. 

La opinión

Camilo Pabón
Asociado de Archila Abogados
“Hay profesiones que existen para dar confianza sobre la operación de las empresas, pero no para co-administrarlas. A los contadores la ley les exige que procedan de forma veraz, leal y de buena fe”.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA