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Actualidad

Nestlé y la SIC enfrentadas por registro de marca Climyn

24 de septiembre de 2012

Andrea del Pilar Mancera


Canal de noticias de Asuntos Legales

La marca Klim utilizada por Nestlé para distinguir sus productos lácteos, podría ser confundida con el nombre Climyn, otorgado en registro por la Superintendencia de Industria y Comercio-SIC, a la sociedad Energía y Vida Colombia S.A.

Así lo establece la firma Societé Des Produits Nestlé S.A., en sus argumentos de demanda ante el Consejo de Estado, contra la decisión de la SIC. Lo anterior debido a que Energía y Vida Colombia S.A solicitó el registro de Climyn para amparar productos de la clase 5, la misma clasificación en la que se encuentra el registro de Klim.

Fueron tres sociedades las que presentaron su oposición debido a que consideraron que se podría presentar similitudes fonéticas y ortográficas con sus marcas ya registradas. Fueron Societé Des Produits Nestlé S.A., con su nombre Klim; Colinagro S.A., con Colimyl y Schering Aktiencesellschaft, con Climene. Todas las anteriores, en la clase 5.

Sin embargo, la Superintendencia de Industria y Comercio declaró infundados todos los argumentos y procedió entonces a conceder el registro. Luego del pronunciamiento, las firmas Nestlé y Schering interpusieron recurso de reposición y subsidio de apelación, pero la entidad de vigilancia y control decidió confirmar sus resoluciones anteriores, quedando en firme el aval de la marca Climyn. Debido a esto, Societé Des Produits Nestlé S.A interpuso acción contenciosa a fin de que se declare la nulidad de las Resoluciones 1658; 44229 y 9048.

El Consejo de Estado realizó la correspondiente solicitud de interpretación prejudicial al Tribunal de Justicia de la Comunidad, el cual estableció que según el artículo 136 de la Decisión 486, no podrán registrarse como marcas aquellos signos cuyo uso en el comercio afectara indebidamente un derecho de tercero, en particular cuando sean idénticos o se asemejen, a una marca anteriormente solicitada para registro o registrada por un tercero, para los mismos productos o servicios, o para productos o servicios respecto de los cuales el uso de la marca pueda causar un riesgo de confusión o de asociación.

La actora Societé Des Produits Nestlé manifestó que las Resoluciones impugnadas vulneran los artículos 135 literal b) y 136 literal a) de la Decisión 486 de la Comunidad Andina.

Aseguró que su marca registrada “Klim” (que distingue productos dietéticos y farmacéuticos para inválidos y niños, incluyendo productos dietéticos tales como leche en polvo para inválidos y niños, Clase 05) es ampliamente reconocida a nivel mundial, en la que se ha invertido “grandes sumas de dinero en proteger, defender y promocionar su marca a nivel mundial, razón por la cual merece protección por parte de las entidades y autoridades competentes”.

Estableció que entre la marcas en conflicto existe similitud ortográfica, fonética y visual, existiendo en consecuencia riesgo de confusión directa e indirecta entre ambas. Añade que, “al estar el consumidor acostumbrado a asociar la marca Klim con Nestlé, éste podría verse inducido a error pensando que los productos amparados bajo la marca Climyn (al ser casi idéntica a Klim) son una línea de productos de Nestlé”. Por su parte, Energía y Vida Colombia S.A, no presentó respuesta.

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