Colprensa

Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Daniel Rojas Castañeda

martes, 17 de marzo de 2020

Los notarios que así lo consideren podrán solicitar suspensión del servicio en ciudades en las que aumenten los casos del virus

Notarías y Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos decidieron tomar medidas de emergencia sanitaria para poder proteger a los usuarios y trabajadores de las mismas. Estas fueron adoptadas tras las decisiones del Gobierno, los centros de salud, la rama legislativa y judicial, departamentos y otras entidades públicas para prevenir el avance del Covid-19.

Entre las medidas que adoptaron fue que cada notariado podrá escoger el turno de acuerdo a las necesidades de su municipio. Este será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. o dde 1:00 p.m a 6:00 p.m. Además, se podrán solicitar suspensión de servicios en ciudades en las que aumenten los casos del coronavirus.

Además, también se suspenden servicios en clínicas y hospitales y a domicilio, excepcionalmente se podrá prestar servicio a mayores de 60 años tomando medidas preventivas.

Estas decisiones se toman a partir de la Ley 1751 de 2015 que regula el derecho fundamental a la salud y de la declaración de este brote como Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por la Organización Mundial de la Salud.

En las Oficinas de Registro de Instrumento Públicos (Orip) se autorizó un horario especial de atención que será de 8:00 am a 1:00 pm y de 1:00 pm a 6:00 pm, horarios que decidirán los notarios. Adicionalmente, en ninguna de las oficinas podrá haber un superior de 10 usuarios y cinco para las seccionales.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.