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  • Colprensa

lunes, 10 de agosto de 2015

Señala la investigación que el mandatario Distrital adoptó el POT de manera excepcional mediante el Decreto 364 del 26 de agosto de 2013, pese a que el Concejo Distrital, en sesión ordinaria del 7 de junio de 2013, aprobó la ponencia negativa del proyecto de acuerdo. 

Según el expediente, con este acto el alcalde de Bogotá habría hecho caso omiso a la normatividad que otorga en los concejos municipales y distritales la competencia para la reglamentación del uso del suelo, optando por proferir un acto administrativo que no resultaba procedente. 

La Procuraduría recordó que precisamente cuando el Consejo de Estado ordenó el pasado 27 de marzo de 2014 la suspensión provisional del POT, se señaló que “el Alcalde Mayor de Bogotá, al expedir el acto administrativo acusado, se arrogó una facultad de la cual carecía”. Ese proceso sobre la legalidad del POT está en manos de un juez Administrativo. 

Provisionalmente, el despacho del procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, calificó la posible falta disciplinaria como grave, a título de dolo, pues Petro Urrego, “con plena voluntad y conocimiento del procedimiento que debía realizarse para lograr la modificación al Plan de Ordenamiento Territorial, habría suscrito dicho decreto haciendo caso omiso y sin reparar en las advertencias hechas por diferentes intervinientes en el Concejo de Bogotá”. 

Una vez notificado, Petro o su defensa podrán solicitar o aportar a la Procuraduría General de la Nación las pruebas que consideren conducentes para su defensa. 

Cabe recordar que la Procuraduría ya destituyó a Petro y lo inhabilitó para ejercer cargos públicos por 15 años por el cambio de esquema de la recolección de basuras en la ciudad. No obstante, dicha sanción se encuentra suspendida provisionalmente mientras el Consejo de Estado estudia una demanda de nulidad que interpuso la defensa de Petro. 

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