Por incapacidad permanente el Soat puede indemnizarlo por un máximo de 180 smmlv
Para solicitar la indemnización por incapacidad permanente la normativa estableció que las personas tienen un máximo de 18 meses hacer la petición
09 de mayo de 2025
Aunque el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, Soat, fue creado como una medida obligatoria con la que las personas pueden garantizar su seguridad en la carretera, sin embargo, este seguro no lo vuelve inmune de ser víctima de un siniestro vial.
Estadísticas emitidas por el Sistema de Información de Reporte de Atenciones en Salud a víctimas de Accidentes de Tránsito, Siras, revelaron que , en los últimos años, más de un millón de personas han sido víctimas de estos incidentes cuyos daños han resultado en incapacidades permanentes.
Desde daños cerebrales traumáticos hasta lesiones en la médula espinal y amputaciones de las extremidades, este tipo de afecciones requieren ser indemnizadas por el Soat.
Por ello, en Asuntos Legales le contamos lo que debe tener en cuenta para cobrar esta compensación.
Al igual que el Siras, la Federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda, reveló que las indemnizaciones por incapacidad total también han venido aumentando desde 2020.
Jehousa Liberato, asistente legal en Riveros Victoria Abogados señaló que el monto de estas afecciones, no aplica de igual forma para todas las personas, pues dependiendo de la gravedad de las heridas, y la incapacidad que genere en el afectado, la indemnización podría estar entre los 180 y 14 salarios mínimos mensuales legales vigentes, siendo el primer monto el tope máximo en la Ley.
Si los daños perjudicaron más de 50% de sus capacidades físicas y cognitivas, la indemnización será del máximo mencionado, si por el contrario, los daños solo afectaron entre 1% y 5% de sus competencias, la indemnización será por el mínimo, que corresponde a los 14 salarios mínimos.
Además del porcentaje de afectación, el Soat también tiene en cuenta una serie de requisitos básicos para conceder, o negar, esta compensación, Jimmy Jiménez, abogado de Integrity Legal, explicó que en primer lugar, la persona afectada debe contar con un dictamen de pérdida de capacidad laboral que haya sido emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez.
“Este documento certifica que la persona sufrió una discapacidad como consecuencia directa de un accidente de tránsito cubierto por el Soat”, señaló el abogado. Segundo, es necesario que en el historial clínico, el afectado demuestre la gravedad de las afecciones sufridas y su relación con el accidente. Allí, la persona afectada tendrá que comprobar que el siniestro, y sus consecuencias, están amparados por la cobertura del seguro obligatorio.
Tercero, para poder realizar la reclamación, la normativa exige que las personas realicen previamente el diligencia miento del Formulario Único de Reclamación para personas naturales, Furpen, según las circunstancias del caso.
Cuarto, según el artículo 1077 del Código de Comercio, los asegurados están obligados a demostrar la ocurrencia del siniestro a través de la cuantía de la pérdida y, en caso de ser necesario, los hechos, o circunstancias, en los que se excluye la responsabilidad del afectado en el accidente.
Con respecto a los plazos que tienen las personas para presentar la solicitud, es importante señalar que, si bien estos dependen del tipo de reclamación, el artículo 181 del código de comercio, establece que el tiempo límite es de 18 meses a partir de la fecha del incidente.
Juan Francisco Navarrete, abogado de Navarrete Consultores, aseguró que la cobertura del Soat para este tipo de indemnizaciones aplica únicamente para accidentes de tránsito en el que esté involucrado al menos un vehículo automotor cuyos afectados asegurados sean el conductor, ocupante o peatón del vehículo.
También abarca siniestro viales donde, tras la atención médica necesaria, se demuestren lesiones que hayan derivado en incapacidad permanente.
Por ultimo, contempla eventos catastróficos, de origen natural o eventos terroristas, que hayan tenido la aprobación por el Ministerio de Salud y Protección Social en su calidad de Consejo de Administración del Fosyga, Adres.
Antecedentes
Un informe emitido por Fasecolda reveló que la mayoría de las personas con discapacidad causada por accidentes de tránsito residen en viviendas de estrato socioeconómico bajo. Específicamente, la mayor proporción, que corresponde a 49%, vive en estrato 1, mientras que un 34,6% reside en estrato 2. En cuanto a ingresos mensuales, 58,0% de estas personas no tienen ninguna fuente de ingresos mensuales, mientras que 28,0% recibe menos de $500.000.
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