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  • Colprensa

jueves, 9 de julio de 2015

De acuerdo con la investigación, el 26 de diciembre de 2013 se suscribió de manera directa el contrato de ciencia y tecnología para “aplicar la tecnología de parcheo por inyección a presión neumática para acciones de movilidad en la malla vial de la ciudad de Bogotá D.C.”.

Esto, porque se concibió bajo la modalidad de ciencia y tecnología aunque era claro que era un típico contrato de obra que requería inminentemente de un proceso de licitación pública.

En su caso, se reprochó que Gómez Sánchez porque suscribió directamente el citado contrato, sin verificar previamente la evaluación efectuada en el proceso pues al parecer el proponente no cumplió con la experiencia específica exigida. 

Esta primera sanción disciplinaria que se da por este polémico caso es de primera instancia y puede ser apelada ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría.

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