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Actualidad

Queda un debate para que Gobierno tenga superpoderes para la paz

19 de mayo de 2016

Paulo Andrés Durán G.


Canal de noticias de Asuntos Legales

Pues con el sí dado por la Comisión Primera de Cámara en séptimo debate solo resta el visto bueno en el octavo, y último, y la sanción presidencial. Tras eso, el Gobierno podrá agilizar y garantizar la implementación del Acuerdo Final y el presidente podrá expedir los decretos con fuerza de ley para facilitar y asegurar el desarrollo normativo de lo acordado.

Son tal los ‘superpoderes’ que tendría el Gobierno que según el artículo 1 del acto legislativo referido al ‘Procedimiento legislativo especial para la paz’: los actos legislativos serán tramitados en una sola vuelta de cuatro debates y el tránsito del proyecto entre una y otra cámara será de ocho días. También, los proyectos de ley y de acto legislativo solo podrán tener modificaciones que se ajusten al contenido del Acuerdo Final y que cuenten con el aval previo del Gobierno.

Para Juan Manuel Charria Segura, constitucionalista de la Universidad de la Javeriana, sin duda, una vez Santos promulgue el acto legislativo le caerán demandas ante la Corte Constitucional “pues amparándose en los artículos 241 y 242 de la Constitución Política, los individuos pueden demandar el acto legislativo por considerarlo inconstitucional”, expresó Charria Segura.

Acción con la que está de acuerdo Segura, ya que para él, los ‘superpoderes’ que tendría Santos, de estar por encima del Congreso de la República, es un peligro para la democracia del país.

Sin embargo, parece que así no es visto por los representantes de la Cámara, pues admitieron un nuevo artículo en acto legislativo el necesario para blindar lo acordado en La Habana, al considerarlo como Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949.

Algo que para Walter Arévalo, politólogo de la Universidad del Rosario, no es lo más indicado para blindar lo acordado pues dicho Acuerdo Especial “no es la figura indicada para blindar jurídicamente lo pactado, pues esa es una figura internacional que se utiliza más para el desescalamiento del conflicto”, dijo Arévalo.

Para el Gobierno, por su parte, es el mecanismo que permitirá que futuros gobiernos no desconozcan lo acordado entre las partes en Cuba.  

Así las cosas, el artículo 3, Plan de Inversiones para la paz es el artículo más neutral pues el Gobierno en los próximos 20 años destinará dinero para las zonas más afectadas. Finalmente, el próximo 26 de mayo habrá audiencia pública para acto legislativo en el Congreso.

Las opiniones

Juan Manuel Charria Segura
Constitucionalista de U. Javeriana 

“Una vez el presidente Juan Manuel Santos promulgue el acto legislativo, le caerán demandas ante la Corte Constitucional pues un sector de la sociedad considera que este proyecto es inconstitucional”.

Walter Arévalo
Politólogo de la Universidad del Rosario

“El Acuerdo Especial no es la mejor figura para blindar jurídicamente lo acordado en La Habana, pues esa es una figura internacional que se utiliza más para el desescalamiento del conflicto”.

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