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Recuperación empresarial: alternativa en insolvencia

La Cámara de Comer­cio de Medellín para An­tioquia, con su Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición, ha­bilitó desde mayo de este año el servicio de recupera­ción empresarial

09 de septiembre de 2025

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Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia.
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Cámara de Comer­cio de Medellín para An­tioquia, con su Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición, ha­bilitó desde mayo de este año el servicio de recupera­ción empresarial. Con esta implementación y puesta en marcha del servicio, la Cámara podrá atender a las empresas de su juris­dicción que se encuentren en cesación de pagos o en incapacidad de pago inmi­nente e incluso a entidades o sectores que no tienen un procedimiento especial de insolvencia, como entida­des de salud, financieras o de servicios públicos domi­ciliarios para que puedan llegar a un acuerdo con sus acreedores.

¿En qué consiste el Pres?

Diana Cecilia Domín­guez Arcila, jefe de Conci­liación del Centro, explicó que el Procedimiento de Recuperación Empresarial (Pres), facultado a las cá­maras de comercio por la Ley 2437 de 2024, "se reali­za a través del mecanismo de resolución de conflictos denominado mediación, en el que un experto en insol­vencia facilita la definición del acuerdo entre el empre­sario y los acreedores, to­dos o parte de ellos, para buscar la viabilidad econó­mica de la empresa, la con­tinuidad en la prestación de sus servicios y la soste­nibilidad de la misma”.

“Para llevar a cabo este procedimiento la empresa debe entregar toda la in­formación financiera de su negocio, precisar las ra­zones que lo llevaron a la incapacidad de pagos, así como presentar su plan de negocios para el futuro con el fin de analizarlo con el mediador y los acreedores y plantearles una propues­ta hacia el futuro de sos­tenibilidad de la empresa”, señaló Domínguez.

La experiencia de las cámaras de comercio en mecanismos de resolución de conflictos, así como en el sector empresarial y la gran cantidad de casos que estaban llegando a la Superintendencia, llevó al legislador a delegar en ellas la gestión del proce­dimiento de recuperación empresarial, indica Álvaro Isaza Upegui, experto re­conocido en insolvencia y que hace parte de la Co­misión Asesora del Centro. Precisa que un mediador cuenta con atributos de “honestidad, conocimien­to especializado en la ma­teria a la vez que tiene in­dependencia e idoneidad para poder respaldar a las empresas que se someten a este procedimiento de re­cuperación empresarial”.

Asegura igualmente Isa­za que las empresas que pueden aplicar al Pres son las que se encuentran hoy en cesación de pagos, es de­cir, tienen dos o más obliga­ciones con más de 90 días a favor de dos o más acree­dores, o que tienen por lo menos dos demandas de ejecución presentadas por dos o más acreedores para el pago de obligaciones o que se encuentran en inca­pacidad de pago inminente de sus obligaciones.

La Cámara de Comercio de Medellín para Antio­quia, por medio de su Cen­tro, está en condiciones de ofrecer una asesoría bási­ca a los empresarios que consideran que requieren acceder a este servicio, y orientarles sobre el cumpli­miento o no de los requisi­tos para acogerse a él.

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