Recuperación empresarial: alternativa en insolvencia
La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, con su Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición, habilitó desde mayo de este año el servicio de recuperación empresarial
09 de septiembre de 2025
La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, con su Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición, habilitó desde mayo de este año el servicio de recuperación empresarial. Con esta implementación y puesta en marcha del servicio, la Cámara podrá atender a las empresas de su jurisdicción que se encuentren en cesación de pagos o en incapacidad de pago inminente e incluso a entidades o sectores que no tienen un procedimiento especial de insolvencia, como entidades de salud, financieras o de servicios públicos domiciliarios para que puedan llegar a un acuerdo con sus acreedores.
¿En qué consiste el Pres?
Diana Cecilia Domínguez Arcila, jefe de Conciliación del Centro, explicó que el Procedimiento de Recuperación Empresarial (Pres), facultado a las cámaras de comercio por la Ley 2437 de 2024, "se realiza a través del mecanismo de resolución de conflictos denominado mediación, en el que un experto en insolvencia facilita la definición del acuerdo entre el empresario y los acreedores, todos o parte de ellos, para buscar la viabilidad económica de la empresa, la continuidad en la prestación de sus servicios y la sostenibilidad de la misma”.
“Para llevar a cabo este procedimiento la empresa debe entregar toda la información financiera de su negocio, precisar las razones que lo llevaron a la incapacidad de pagos, así como presentar su plan de negocios para el futuro con el fin de analizarlo con el mediador y los acreedores y plantearles una propuesta hacia el futuro de sostenibilidad de la empresa”, señaló Domínguez.
La experiencia de las cámaras de comercio en mecanismos de resolución de conflictos, así como en el sector empresarial y la gran cantidad de casos que estaban llegando a la Superintendencia, llevó al legislador a delegar en ellas la gestión del procedimiento de recuperación empresarial, indica Álvaro Isaza Upegui, experto reconocido en insolvencia y que hace parte de la Comisión Asesora del Centro. Precisa que un mediador cuenta con atributos de “honestidad, conocimiento especializado en la materia a la vez que tiene independencia e idoneidad para poder respaldar a las empresas que se someten a este procedimiento de recuperación empresarial”.
Asegura igualmente Isaza que las empresas que pueden aplicar al Pres son las que se encuentran hoy en cesación de pagos, es decir, tienen dos o más obligaciones con más de 90 días a favor de dos o más acreedores, o que tienen por lo menos dos demandas de ejecución presentadas por dos o más acreedores para el pago de obligaciones o que se encuentran en incapacidad de pago inminente de sus obligaciones.
La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, por medio de su Centro, está en condiciones de ofrecer una asesoría básica a los empresarios que consideran que requieren acceder a este servicio, y orientarles sobre el cumplimiento o no de los requisitos para acogerse a él.
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