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  • María Camila López Vigoya

martes, 8 de agosto de 2017

Cuando se desea comercializar un alimento o un suplemento dietario existen ciertos parámetros que deben cumplirse, toda vez que su consumo tiene una relación directa con la salud, haciéndose necesario un control sobre estos productos. En Colombia, la autoridad competente en la materia es el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima, quien autoriza la venta y vigila cómo se publicitan dichos productos.

¿Cuál es la diferencia entre un alimento y un suplemento dietario?

La diferencia radica principalmente en que un alimento otorga a los seres humanos los nutrientes y energías necesarias para el proceso biológico, mientras que un suplemento dietario es el producto que tiene como propósito la adición de dichos nutrientes, es decir, este último complementa la alimentación.

¿Cuál es la regulación aplicable a las solicitudes de autorización de publicidad?

Cada uno de estos productos cuenta con una regulación particular, en suplementos dietarios encontramos los Decretos 3249 de 2006 y 3863 de 2008 y en lo que respecta a los productos alimenticios, su regulación se encuentra en el Decreto 1397 de 1992 y la Resolución 1893 de 2001.

¿Es necesaria la autorización de publicidad para comercializar alimentos?

En alimentos esta autorización no es indispensable para la comercialización del producto, pues la obtención del registro sanitario es requisito suficiente para entrar a participar en el mercado colombiano. Sin perjuicio de lo anterior, el Invima cuenta con la facultad de ejercer un control posterior, por lo que podría ordenar el retiro de la publicidad que contravenga la normatividad sanitaria.

¿Se puede presentar una solicitud de publicidad para alimentos?

Sí, y en la práctica es lo más recomendable, pues evita futuros inconvenientes en lo que respecta a cambiar o eliminar publicidad que ya esté en el tráfico comercial. Sin embargo, ordenar la remoción de este material no es la única sanción que podría enfrentar el titular del registro sanitario, ya que dicha infracción da lugar a multas, amonestaciones, suspensiones e incluso cancelaciones del Registro Sanitario, si se ha afectado la salud de los consumidores.

¿Es necesaria la autorización de publicidad para comercializar suplementos dietarios?

La autorización previa de toda publicidad relacionada con suplementos dietarios es requisito indispensable para la comercialización en Colombia.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar autorización de publicidad?

Dicha solicitud solo requiere del pago correspondiente, el diligenciamiento de un formato previamente establecido por el Invima y el proyecto de publicidad (original y dos copias).

¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir la publicidad de alimentos y suplementos dietarios?

En ambos productos está prohibido de manera expresa la información que exagere sobre las propiedades del producto, engañe respecto de su composición u origen, o le atribuye características nutricionales o curativas, que induzcan a error a los consumidores.

Sin perjuicio de lo anterior, siempre es recomendable verificar si el producto que sepretende comercializar cuenta con una regulación particular, respecto de la información que debe contener su publicidad.

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