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Actualidad

¿Se puede demandar por aburrimiento en el trabajo?

01 de octubre de 2016

Expansión - Madrid


Bloomberg
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Cobrar US$4.000 al mes por no hacer nada no es la última promoción del sueldo para toda la vida de Nescafé, sino la “pesadilla”, según  las palabras, que vivió un francés que demandó hace unos meses a su exempresa por aburrirse en el trabajo.

Frédérick Desnard exigía así ante los tribunales una indemnización de US$404.793.  La razón que esgrimía es que no desempeñaba  tareas interesantes lo que le había provocado serios problemas de salud. Su abogado incluso afirmó que su defendido llegó a sufrir “un agotamiento moral por la falta total de carga laboral”, lo que le produjo “un sentimiento de culpa debido a que recibía un sueldo por no hacer nada”.

Pero, ¿tiene una persona derecho a exigir a su jefe un trabajo interesante? La normativa española no considera que divertirse, motivarse o sentirse pleno en la faceta profesional sean cuestiones imprescindibles. Tanto es así, que el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores sólo indica que “los trabajadores tienen derecho a la ocupación efectiva”. Si ésta es entretenida o no, ya es otro asunto. 

José Prieto, socio del departamento de laboral de Baker & McKenzie en Madrid, explicó que la única opción de éxito que podría tener el galo en su demanda es conseguir demostrar la relación directa entre esta enfermedad y las horas de aburrimiento que pasaba en el trabajo. Y es que “si una determinada tarea puede provocar depresión o estrés, la empresa está en la obligación de velar por la salud del trabajador”, agregó.

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