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Actualidad

Secretos de los carteles en Europa estarán al descubierto

09 de noviembre de 2015

Ripe


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Que dos competidores hablen no es malo, pero que lo hagan para repartirse el mercado o fijar precios entra en el terreno de la deslealtad hacia sus clientes. Esto no es una novedad en España, pero sí lo será el ‘disclosure’, un mecanismo que obliga a las compañías que vulneran las normas de competencia a entregar documentación interna para que los perjudicados puedan formalizar sus reclamaciones.

Esta fórmula, inspirada en el sistema legal de Reino Unido, está incluida en la directiva 2014/104/UE, cuya transposición a los ordenamientos jurídicos nacionales se tendrá que hacer antes del 27 de diciembre de 2016. Aunque aún se está estudiando hasta dónde llegará la obligación de entregar material interno, Paul Hitchings, socio del área de contencioso de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, tiene claro que el límite lo marcará la confidencialidad y, en ningún caso, se podrá acceder a ciertos documentos, como las solicitudes de clemencia o las comunicaciones con las autoridades de competencia. Tarifas de precios o los costes de la materia prima serán accesibles para los perjudicados, aunque ante material más sensible, como pueden ser los e-mails internos, será el juez el que determine si se puede superar esa barrera de confidencialidad y quién puede hacerlo. 

Objetivos
La directiva, que tardó cerca de 15 años en ver la luz, pretende agilizar todo el proceso de reclamaciones ante el aumento de las sentencias de los tribunales y  las investigaciones de los reguladores públicos.

También se pretende desarrollar un marco común ante la disparidad de las normas de cada Estado miembro. Así, se evitaría las cada vez más comunes demandas en las que el cártel esté formado por empresas de diferentes nacionalidades y que el resultado varíe según el país en el que se presente la demanda. 

Actualmente, los abogados estudian en qué lugares les interesaba más a sus clientes llevar a cabo el proceso según los plazos de prescripción, la cuantificación de los daños, la responsabilidad penal de los administradores o la exigencia de transparencia de cada una de las partes. El disclosure busca  a través de cualquier agente afectado por una infracción anticompetitiva, ya sea un comprador directo o indirecto, pueda reclamar por el daño sufrido. “Para que la norma sea efectiva tiene que haber un buen mecanismo de reclamación de daños, en el que se facilita la correcta cuantificación de los mismos”, precisó Hitchings.

Ventas limitadas
Deutsche Bahn está en el punto de mira del regulador alemán ante las denuncias de algunos competidores que alegan, entre otras cosas, que no se les permitía vender sus tickets en las estaciones. No es la primera vez que sucede, ya que en julio la Comisión Europea lo multó con US$31,8 millones por operar como un cártel con Austrian Fed. Railways entre 2004 y 2012.

Problemas con el azúcar
Más de US$1,5 millones pagó la cooperativa agrícola Acor en 2012 por participar en un acuerdo horizontal que elevó el precio del azúcar para uso industrial durante dos años. Fue la primera vez que el Tribunal  fijó una indemnización que superaba el millón, dando así la razón a nueve empresas del sector, encabezadas por Nestlé.

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