
miércoles, 24 de agosto de 2016
La marca fue solicitada para identificar la clase nueve de la clasificación internacional de Niza, es decir, productos como aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos y equipos de procesamiento de datos, ordenadores, software y transmisión o reproducción de sonido o imágenes; entre otros.
“Las coincidencias ortográficas, fonéticas e ideológicas entre las marcas Pets Social (mixta) y Pet Club (nominativa), confluyen en que se transmita una misma impresión al público consumidor, y eso se presta para sugerir una procedencia común”, planteó la Casa Editorial.
Adicional a eso, su apoderado, Juan Pablo Cadena, indicó que desde el punto de vista ideológico, las marcas transmiten la misma idea. “La marca solicitada Pets Social (mixta) traduce socialización de mascotas, mientras que la marca registrada Pet Club (nominativa) traduce Club de Mascotas. En este sentido, las marcas confrontadas quieren decir exactamente lo mismo, pues el objeto de unirse a un club es socializar”.
También se puntualizó que los signos en conflicto identifican la misma clase. “Las publicaciones descargables están íntimamente y competitivamente relacionadas con la transmisión o reproducción de sonido o imágenes, pues utilizan las mismos medios para ser utilizadas”.
Al respecto, el solicitante trajo a colación que la SIC anteriormente ha concedido decenas de marcas que empiezan con la palabra pet y, por tanto, la oposición solo podría basarse en la expresión social. No obstante, Vidal dejó claro que Pets Social es un software hecho para dispositivos móviles que está relacionado con mascotas. “Es por eso que se registró en la clase nueve. Bajo ninguna circunstancia Pets Social busca representar una competencia ante Pet Club”, agregó.
Al respecto, Tatiana Carrillo, socia de Lloreda Camacho & Co, manifestó que el Tribunal de Justicia Andina en reiterada jurisprudencia ha manifestado la imposibilidad por parte de un particular de alegar exclusividad sobre palabras descriptivas o de uso común, pues se estaría privando a competidores de usar palabras descriptivas o de uso común en el mercado específico. Claramente la legislación marcaria prohibe otorgar monopolios a particulares sobre esta clase de palabras”.
Precisamente en el examen de registrabilidad, la Dirección de Signos Distintivos, determinó que si bien los signos comparten cierta semejanza, cuentan con elementos adicionales que generan que al ser pronunciados y transcritos produzcan una impresión totalmente diferente en el consumidor.
Cabe precisar que Publicaciones Semana puede apelar la decisión ante la Delegatura para la Propiedad Industrial.
Antecedentes
En la Dirección de Signos Distintivos existen 10 solicitudes de la marca Pet, de las cuales ocho fueron concedidas por el despacho. Se destaca el visto bueno a la empresa Petrocaribe Ingeniería, cuya vigencia para identificar la clase uno de la clasificación internacional Niza va hasta 2023. También se aprobó solicitudes de las empresas Commodore Electronics y Pet Incorporated. Sin embargo, estos registros ya perdieron su vigencia.
La opinión
Tatiana Carrillo
Socia de Lloreda Camacho & Co
“El Tribunal de Justicia Andina en reiterada jurisprudencia ha manifestado la imposibilidad por parte de un particular de alegar exclusividad sobre palabras descriptivas o de uso común”.