Según esta norma, para el caso de los servidores públicos del orden territorial, el plazo correrá entre el primer día de junio y el último día de julio de cada vigencia. Dicha declaración debe actualizarse a través del sistema de información y gestión de empleo público (Sigep).
En caso de que el organismo o entidad no esté vinculado a Sigep, el servidor deberá presentar de forma física la declaración de bienes y rentas a la unidad de personal.
El corte de cuentas para la declaración de bienes y rentas al momento de ingreso al servicio y de actualización será el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de su presentación.
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La Corte concluyó que la ausencia de una ley que defina la creación de las Entidades Territoriales Indígenas complica la delimitación de competencias entre las autoridades indígenas y