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domingo, 17 de julio de 2022

La Superintendencia de Industria y Comercio evalúa si hubo actos de competencia desleal de engaño y violación a las normas

La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos contra Gloria Colombia S.A.S., Lactalis Colombia Ltda. (Parmalat), Sabanalac S.A. y Compañía Procesadora y Distribuidora de Lácteos Ltda. (Hacienda San Mateo), para establecer si incurrieron en actos de competencia desleal de engaño y violación de normas, al presuntamente, adicionar lactosuero a la leche entera higienizada UAT.

La investigación de la entidad apunta a que las cuatro empresas habrían adicionado lactosuero a la leche entera higienizada UAT comercializada desde 2020. Esto, dijo la SIC, después de que las pruebas realizadas por el Invima mostraran “la presencia de lactosuero caseinomacropétido (CMP) en algunas de las muestras analizadas en grandes cantidades en comparación con el valor promedio de 30 microgramos por mililitro, utilizado como referencia para la leche cruda (sin higienizar)”. Lo anterior confirmaría que las empresas investigadas sí habrían adicionado lactosuero (CMP) al momento de producir la leche entera higienizada UAT que comercializan en el mercado.

De ser así, las empresas estarían vendiendo un producto que se publicita como leche, pero al que se le han adicionado grandes cantidades de lactosuero sin informar dicha circunstancia al consumidor. Con esto, estarían incurriendo en actos desleales de engaño.

Así las cosas, la Superintendencia de Industria y Comercio trasladó la decisión al Invima y al Ministerio de Salud para efectos de que ejerzan su competencia en esta materia y, de encontrarse probadas las conductas, esta autoridad podrá imponer multas hasta de 100.000 Smmlv por cada conducta, o incluso mayores, según lo establecido en el artículo 25 de la Ley 1340 de 2009, modificado por el artículo 67 de la Ley 2195 de 2022.

Adicionalmente, la entidad inició una investigación en contra de Gloria Colombia S.A.S., por las presuntas vulneraciones al régimen de protección al consumidor, específicamente en lo que tiene que ver con las normas sobre calidad e información, en el marco de la fabricación y comercialización de leche, que podría llevar a una violación del Estatuto del Consumidor.

"En consumidor es un proceso sancionatorio que en 12 meses ya hay una decisión. Pero en competencia pasan varias cosas: los investigados pueden acercarse a ofrecer garantías y cómo van a corregir la falta para el cierre anticipado de investigación, si no ya con este pliego de cargos, contra el que no procede recurso, iniciar su proceso de defensa a través de una serie de descargos. Si se mantienen los tiempos que hemos logrado en estos años y si Invima y Minsalud se articulan con el asunto, pues tomará entre 18 y 24 meses para una decisión, porque realmente nosotros ya tenemos evidencia respecto de la comisión de las conductas. Cuando ya hay apertura hay un camino muy cierto de que hay la posibilidad de determinar esa responsabilidad en esos sectores", dijo el superintendente Andrés Barreto al diario El Tiempo.

Esta no es la primera vez que la SIC abre una investigación contra compañías de la industria por el uso de lactosueros. En abril de 2011, la entidad ordenó investigar a 23 empresas (productoras y comercializadoras) por vender un subproducto de la leche; luego en mayo de 2016 la misma entidad impuso multas a varios productores por engañar a los consumidores.

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