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Actualidad

SIC impone multas por violación a Ley Antitabaco

22 de julio de 2013

Mateo Jaramillo


Canal de noticias de Asuntos Legales

Por infringir la ley 1335 de 2009 (Ley Antitabaco), la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) multó a Supertiendas y Droguerías Olímpica S.A. y a Productora Tabacalera de Colombia (Protabaco) con una multa de $147.375.000 o el equivalente a 250 salarios mínimos vigentes.

La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la SIC sancionó, en primera instancia, por la ausencia de pictogramas y frases de advertencia en cajetillas de cigarrillos President y Continental vendidos en los almacenes Olímpica de Popayán, Cauca. Tanto a los distribuidores, como a los fabricantes les fue impuesta la multa. La decisión se tomó después de una visita de verificación a la tienda Olímpica de Popayán donde se evidenció la violación a la ley.

Esta norma prohíbe la comercialización de productos de tabaco sin frases de advertencia y pictogramas; además busca regular el consumo de tabaco en lugares públicos por medio de otras medidas como la prohibición de publicidad en medios masivos y eventos o prohibición del ingreso de tabaco a eventos públicos. Las empresas involucradas podrán recurrir a los recursos de reposición y apelación ante la misma entidad, según el informe de prensa de la SIC.

Fallo a Intermarketing Direct
Además de multar a los fabricantes y distribuidores de cigarrillos por la ausencia de advertencias, en varios medios de comunicación dieron a conocer la sanción de la SIC a la sociedad Intermarketing Direct S.A. por la falta de sustento científico en los productos Firberline, Lubiggex, Power Grow Comb y Vipex.

En la publicidad de esta compañía hay remedios para disminuir el tiempo de digestión, prevenir el cáncer de colon, mejorar la erección del hombre, acabar con la calvicie y eliminar las arrugas.

La Superindustria afirmó que no hay pruebas fehacientes que confirmen lo que la publicidad de los productos ofrece. Por esta razón, se le prohibió a Intermarketing Direct la publicidad en folletos, carteles, empaques, avisos y/o cualquier medio de información donde se anuncien los falsos beneficios.

Jairo Rubio Escobar, apoderado de la firma Intermarketing Direct, afirma que su representada es una compañía muy seria, que tiene infraestructura, empleados y reconocimiento en el país.

Además, afirmó que estos procesos fueron sancionados en 2011 por lo que no ve razón para que la SIC los anuncie en los medios masivos.

“Lo que la ley sanciona es la publicidad engañosa y todos tenemos que acompañar a la autoridad de protección del consumidor. La ley no sanciona que los empresarios no tengan los estudios en un momento determinado, aunque es lo deseado”, dice Escobar.

El apoderado de Intermarketing Direct asegura que el proceso ya está en el Consejo de Estado, que tomará la decisión definitiva.

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