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Actualidad

Sobre lo que se promete y no se le cumple al consumidor

30 de mayo de 2015

Natalia Cubillos Murcia


Asuntos Legales
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La semana pasada la Superintendencia de Industria y Comercio impuso una medida cautelar a Genomma Lab por un comercial en el que promociona una crema antiarrugas que tenía comprobada “científicamente” su efectividad en 76% y con tan solo ocho semanas de uso.

Lo cierto, según reveló la SIC, es que el estudio realizado por la compañía no arrojaba una comprobación técnica de la eficiencia del producto, sino era una encuesta de percepción en la que siete de cada 10 mujeres habían sentido cambios, además sus resultados se habían mostrado en ocho semanas.

Pese a que la denuncia la hizo Unilever, un competidor en el mercado y declaró que se conformaba un asunto de competencia desleal, lo cierto es que, aunque hay tiempo para que Genomma presente recursos, cuando las compañías incurren en estos actos pareciera que hay una violación a la confianza que el consumidor ha puesto en los productos presentados.

Genomma no es la primera compañía que ha incurrido en estas fallas, ni será la última. De hecho, en el último informe de la Superintendencia se demuestra que el año pasado hubo infracciones al consumidor por $2.800 millones, lo que representó 2% de las sanciones impuestas.

La mayor porción de la torta, sobre las infracciones de la ley 1480, Estatuto del Consumidor, es sobre temas relacionados con publicidad e información engañosa (41%). Solamente por información engañosa fueron sancionadas 38% de las empresas y por publicidad, 21%.

La transparencia de las empresas no solamente tiene que ver con ingresos y sobornos, también lo es con la relación de la compañía con sus usuarios, que en últimas deben ser los reyes porque gracias a ellos se generan los ingresos. 

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