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Judicial

Toyota deberá indemnizar a Ricardo Arjona por vulnerar derechos de autor del artista

El caso inició en 2014 cuando Arjona demandó a la compañía por haber incluido una versión alterada de una de sus canciones en la campaña de Toyotathon

04 de junio de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Tras casi 10 años de proceso, la Suprema Corte de Justicia de México emitió un fallo en el que obligó a Toyota a indemnizar al cantante guatemalteco, Ricardo Arjona, por el mal uso que hizo la compañía, sin la previa autorización del artista, de su canción 'Jesús es verbo, no sustantivo'.

El fallo del alto tribunal señaló que la empresa automotriz usó y modificó sin autorización su canción 'Jesús es verbo, no sustantivo' en una campaña publicitaria de 2014, lo cual constituye una violación a la ley federal del derecho de autor.

La batalla legal comenzó en 2014 cuando Arjona demandó a la compañía por haber incluido una versión alterada de su tema en los anuncios de la campaña Toyotathon 2014. Aunque en un inicio un juez federal exoneró a Toyota, bajo el argumento de que la campaña fue contratada por un grupo de distribuidores y no directamente por la marca, el cantante apeló el fallo y este escaló hasta llegar a la Corte.

Si bien al inicio del proceso, un Tribunal ordenó que Toyota pagara a Arjona 40% de las ganancias generadas por la venta de los automóviles entre octubre y diciembre del año de la demanda, la Corte anuló dicha medida debido a que ese tipo de acuerdos solo aplican para los casos en los que la obra artística fue comercializada, no cuando fue usada como insumo para una campaña publicitaria.

Eduardo de la Parra, abogado del cantautor, explicó a El Universal que Toyota buscaba reducir el monto de la indemnización mediante un amparo, el cual fue finalmente rechazado por la Corte.

La defensa del cantante aseguró que ya no queda ninguna vía legal para la defensa de la empresa, dado que el recurso perdido era de carácter extraordinario.

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