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Judicial

Tribunal de Cundinamarca condenó a la UNP por incumplimiento de contratos

El Tribunal determinó que los descuentos realizados por la UNP no obedecieron a deficiencias en los servicios prestados

24 de agosto de 2026

Lucas Martínez


Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Colprensa
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenó a la Unidad Nacional de Protección, UNP, por el incumplimiento de obligaciones derivadas de los contratos de prestación de servicios 629 y 630 de 2015, suscritos con la Unión Temporal Seguridad Total para la prestación de servicios de protección. La decisión concluyó que la entidad realizó descuentos sobre la facturación sin sustento técnico o contractual y dejó de reconocer otros valores asociados a la ejecución de los contratos.

La controversia se originó durante la ejecución de estos acuerdos, cuyo objeto era la provisión, implementación y operación de hombres de protección requeridos por la UNP para sus programas de seguridad en diferentes regiones del país. El contratista cuestionó que la entidad aplicara glosas y descuentos sobre facturas correspondientes a servicios que, según las actas de liquidación, habían sido recibidos a satisfacción.

Al estudiar el caso, el Tribunal determinó que los descuentos realizados por la UNP no obedecieron a deficiencias en los servicios prestados, sino a asuntos administrativos y presupuestales de la propia entidad. Por esta razón, consideró que la Unidad no podía desconocer posteriormente el pago de valores facturados cuando había certificado que los servicios habían sido recibidos a entera satisfacción.

La Corporación también estableció que la UNP incumplió su obligación de reconocer la incidencia salarial de los viáticos generados por los desplazamientos de los escoltas. La entidad había utilizado un límite de 15 días para restringir ese reconocimiento, pero el Tribunal concluyó que ese plazo no estaba establecido en los documentos contractuales y señaló que debía aplicarse el criterio laboral según el cual los viáticos adquieren efectos salariales cuando los desplazamientos superan tres días en un mismo mes calendario. Además, encontró diferencias derivadas de un error en la liquidación de los intereses de cesantías.

Por estos hechos, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró el incumplimiento contractual de la Unidad Nacional de Protección y ordenó que se paguen las sumas adeudadas a la Unión Temporal Seguridad Total, debidamente actualizadas. La decisión se fundamentó en los valores que la entidad dejó de reconocer durante la ejecución y liquidación de los contratos de protección.

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